Los consumidores y usuarios estaban huérfanos en el país hasta la “Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario”, núm. 358-05, del 14 de septiembre del 2005, y su “Reglamento de Aplicación” del 9 de septiembre del mismo año.
Luego, con la Constitución de 2010, se le da rango de “Derecho Fundamental”, cuando en su “Titulo II”, “Sección II”, artículo 53, establece los “Derechos del consumidor” en estos términos, cito: “Toda persona tiene derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley. Las personas que resulten lesionadas o perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad, tienen derecho a ser compensadas o indemnizadas conforme a la ley”. Debiendo, además, interpretarse la normativa siempre de la forma más favorable al consumidor o usuario (Constitución: 74-4).
Consagrado el tema como “Derecho Fundamental” es incluido, de manera directa o indirecta, en varias disposiciones sectoriales, generales y reglamentarias, que integran el “corpus juris del consumidor”, que integra, entre otras, “las leyes de Salud, Medio Ambiente, Telecomunicaciones, Seguros y Fianzas, Banca, Electricidad, Seguridad Social, Código Civil, Código de Comercio, ordenamiento penal, Ley de Defensa de Competencia, Ley de Propiedad Intelectual, Ley de Seguridad Social, etc.” (p. 26).
A esto, y para ayudar a juristas, académicos, operadores de justicia y comerciantes, así como para empoderar a los ciudadanos, hacía falta una doctrina local que aborde el tema de los consumidores y usuarios con la Constitución como telón de fondo, que pueda ser utilizada, además, por abogados para fortalecer estrategias en litigios sobre la materia. Para contribuir a llenar este vacío dogmático, el licenciado Namphi Rodríguez puso a circular el pasado jueves 30 de agosto el texto: “Protección Constitucional del Consumidor y del Usuario” (Santo Domingo, Editora Corripio: 2018).
El libro del constitucionalista Namphi Rodríguez tiene una condición especial y muchos aciertos. La “condición especial” es ser el primer manual sobre la materia escrito por un autor nacional, cuyas pautas deberán ser ahondadas, recorridas y/o superadas por futuros publicistas. Y entre sus “muchos aciertos” están el enfoque constitucional dado a la materia; el lenguaje didáctico utilizado, propio de un fino periodista de larga data que también es el autor; la exhaustiva documentación del texto, desarrollando en 18 capítulos, unas 600 páginas, desde el “surgimiento y evolución de este derecho”, los principios que lo rigen, los derechos fundamentales e instrumentales de los consumidores, el contrato de consumo y las “operaciones a crédito, prestación de servicios y otros contratos no tradicionales”, la relación entre el consumidor y la publicidad, el comercio electrónico, el “régimen de garantías por productos y servicios”, lo relativo a “Proconsumidor” y la “responsabilidad civil por daños”, entre otros de igual importancia, razones que hacen imprescindible el texto del académico Namphi Rodríguez para los interesados en el tema, el cual contribuye, además, con el fortalecimiento de “una cultura de respeto a los derechos fundamentales en el país”.
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