Como se ha advertido en los artículos anteriores, en la actualidad, a pesar de los avances que trajo la implementación del Código Procesal Penal dominicano, Ley 72-02, implementado mediante la Ley 278-04, que se ha constitucionalizado la asistencia legal gratuita a las víctimas en el artículo 176 de la Ley Suprema, cada día se observa que las víctimas siguen siendo un objeto del proceso y no un sujeto como debe ser.
En este contexto, en el presente artículo se abordarán de manera sucinta algunas de las razones por las cuales es necesario que se apruebe el anteproyecto de ley de atención y protección integral a víctimas, testigos y otros sujetos en riesgo, el cual lleva más de una década dando vuelta en el Congreso Nacional.
En ese orden de ideas, en el tercer considerando del anteproyecto se establece: “Que es una preocupación de la sociedad y el Estado dominicano garantizar la tutela judicial efectiva y la protección integral de las víctimas, testigos y sujetos en riesgos ante la comisión de un delito”.
En esa misma línea, en el sexto considerando se establece: “Que es responsabilidad del Estado dominicano garantizar a las víctimas de delitos, mecanismos de acceso que le permitan ejercer sus derechos y obtener el resarcimiento de los daños recibidos”.
En el referido anteproyecto en el artículo 1 se establece que el objeto es: “Regular las medidas de atención y protección a las víctimas, testigos y otros sujetos en riesgo a consecuencia del delito o el proceso penal para garantizar el goce de sus derechos”.
En el anteproyecto se aborda de manera más amplia el concepto de víctima, donde se incluyen a los familiares o las personas que tengan relación inmediata con las víctimas, también aquellas personas que tengan una dependencia económica de la persona que ha sufrido el daño directo.
En ese sentido, es precisamente que, partiendo de esta connotación de ampliación de la categorización de quienes se consideran víctimas que se hace imperativo que el Congreso Nacional apruebe el anteproyecto en cuestión. En ese tenor, hay que precisar que se ha considerado también brindar protección y asistencia a los testigos y otros sujetos en riesgos.
En síntesis, sugerimos respetuosamente al presidente de la República, Lic. Luis Abinader Corona, incluir dentro del debate que se está desarrollando para establecer una política integral de seguridad ciudadana, impulsar la aprobación del anteproyecto de ley de atención y protección integral a víctimas, testigos y otros sujetos en riesgo. l