En la opinión pública todos hablan de reformas, pero nadie sabe con certeza de qué se tratan ni el alcance de esas reformas, especialmente la constitucional y la fiscal, que son las que generan mayor interés y debates.

Hay quienes dan por hecho que ambas piezas serían aprobadas en el tiempo que resta de transición antes de que el presidente Luis Abinader se juramente para su segundo mandato el 16 de agosto de este año. El presidente y el PRM tienen los votos necesarios para aprobarla ahora o después del 16 de agosto. La cuestión es otra.

Sin dudas, que la reforma fiscal es un trago amargo para el gobierno, pero sabe que tiene que tomarlo, y cuanto antes mejor. Pero también está el criterio de oportunidad, en tiempo y coyuntura, para presentar una reforma que implicará sacrificios económicos, aunque todavía no se sabe para quién, pero la historia de esta media isla siempre condena a la clase media cuando se trata de pagar más impuestos.

No parece que los 64 días que faltan para la juramentación de las autoridades electas para el nuevo periodo de gobierno sean suficientes para discutir, consensuar, aprobar en dos cámaras una reforma fiscal y apagar el fuego que encienda.

Si ocurre, el acto de toma de posesión de las nuevas autoridades corre el riesgo de dar razones para ser deslucido, especialmente en las calles. Con invitados internacionales y la magnitud del acto, es aconsejable que el ambiente general en el país sea de sobriedad.

No debe ser el Gobierno el que aporte la chispa que pueda encender el estado de ánimo en el país en el contexto de la juramentación de nuevas autoridades.

Para la reforma constitucional, no parece que haya tiempo suficiente tampoco para aprobarla antes del 16 de agosto.

A poco más de dos meses de esa fecha, aún no se ha presentado el proyecto y tampoco se ha dicho si se convocará al Consejo Económico y Social para debatirlo.

El principal partido de oposición, la FP y su líder, Leonel Fernández, ya han dicho que no respaldan ese proyecto porque no están convencidos de que haya una justificación para convocar la Asamblea Revisora de la Constitución.

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