De acuerdo con la definición del Diccionario de la Lengua Española, personas no gratas significa persona no deseable. En el lenguaje diplomático se utiliza para expulsarlos después de darle el beneplácito.

Y es que cuando un Estado declara persona no grata a un diplomático, está ejerciendo un derecho legal específico. Esa declaración es una figura jurídica que nace en el ámbito de las relaciones internacionales, regulada como un mecanismo empleado por los Estados.

Es la forma más grave de censura que una nación puede aplicar a un diplomático, que en circunstancias normales, está protegido por inmunidad. Un funcionario que es declarado persona non grata es considerado inaceptable y normalmente es llamado por su país para que regrese.

Las mismas están codificadas en los procedimientos establecidos en el artículo 9 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961) y el artículo 23 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963).

Y las características principales de esas relaciones, diplomáticas y consulares es la necesidad del consentimiento mutuo entre los Estados acreditante y receptor. Por lo tanto las funciones dependen en última instancia de ese consentimiento del Estado que envía y del Estado receptor.

De conformidad con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, el Estado receptor puede, en cualquier momento y sin tener que exponer los motivos de su decisión, declarar a algunos de los miembros de una misión diplomática o de su personal persona no grata, lo que da lugar, así, a su retirada y al término de las funciones asociadas.

Los funcionarios consulares al igual que los diplomáticos pueden ser declarados también personas no gratas, o bien no le es concedido el exequátur, y deberá abandonar el territorio del Estado receptor en un plazo razonable.

El concepto de personas no gratas solo se refiere a las violaciones por uno de los Estados parte. Y solo puede ser aplicable por el Estado receptor, el Estado acreditante se queda sin un remedio aplicable en caso de violaciones de la Convención de Vienas Sobre Relaciones diplomáticas por el Estado receptor y por ende no tendrá manera de responder a una violación. Pues estas convenciones no contienen un conjunto de normas aplicables.

Y en los casos que se pueda permitir un abuso de las disposiciones de estas convenciones, el derecho internacional no permite el recurso de las represalias. La única medida al alcance de los Estados es el llamado a consulta de la persona y una nota de protesta.

Las causas para declarar a un diplomático persona no grata según las normas vigentes deben responder a la conducta de los funcionarios, que se refiere principalmente a los casos en que los agentes diplomáticos o consulares actuaran de maneras ilícitas o estén acusados de algún delito o actividades que atenten contra la soberanía del Estado receptor. Que exista una ofensa al gobierno del Estado Receptor.

Para concluir por hoy, estas violaciones de los artículos antes mencionados en ambas convenciones puede llevar al funcionario a ser declarado persona non grata, y ser expulsado. Pues envés de promover su país lo aleja del escenario internacional.

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