A propósito del Día Nacional del Profesional del Derecho, que en la República Dominicana se celebra el 3 de febrero, se ofrecen algunas claves para la buena redacción de los textos y noticias sobre asuntos jurídicos.
- Ante, mejor que por ante
Se aconseja emplear ante en lugar del binomio por ante para indicar que se ha dirigido un escrito o una petición a una autoridad. Esta locución, usual en actuaciones judiciales y notariales, es un arcaísmo superfluo, pues para una redacción sencilla y clara basta con decir ante o, en algunos casos, en.
- Bufete, no bufé ni buffet
Para referirse a un despacho, estudio, oficina o firma de abogados se puede usar la palabra bufete, que, según el Diccionario de la lengua española, significa, entre otras cosas, ‘estudio o despacho de un abogado’. Son inapropiadas las grafías bufé o buffet de abogados, pues estos vocablos tienen otro significado.
- Cuórum o quorum, no quórum
La voz en español cuórum, escrita en redonda y con tilde en la o, utilizada para designar el ‘número de individuos necesario para que un cuerpo deliberante tome ciertos acuerdos’ y la ‘proporción de votos favorables para que haya acuerdo’, es preferible a la voz latina quorum, sin tilde y en cursiva, por ser esta última un extranjerismo. Según la norma ortográfica, las voces latinas se escribirán con tilde solo cuando se hayan adaptado plenamente al español, por lo cual debe evitarse el uso de quórum (con q y tilde en la o).
- Derecho, como disciplina, minúsculas y mayúsculas
Según explica la Ortografía de la lengua española, la voz derecho, como rama del conocimiento, se escribe con minúscula ‘tanto en su sentido propio como en los derivados’: derecho, derecho constitucional, derecho civil, derecho penal, derecho procesal, derecho administrativo, derecho tributario, derecho fundamental, derechos humanos, Estado de derecho…
Se reserva el uso de mayúscula inicial a los casos en que la palabra derecho sea parte del nombre de un departamento, una facultad o escuela, un curso de estudios o una asignatura: «Escuela de Derecho de la Universidad Autónoma de Santo Domingo», «Estudió Derecho en la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra», «Introducción al Derecho Privado I».
- Habeas corpus, escritura adecuada
La expresión habeas corpus se debe escribir en cursiva y sin tilde por tratarse de una expresión latina y en minúsculas por ser un nombre comúnque significa, según el Diccionario panhispánico del español jurídico, ‘derecho que entraña un procedimiento legal, rápido y sumario para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente y verificar las condiciones de la detención’ y ‘procedimiento judicial al que puede acudir cualquier persona privada de libertad si estima que lo está ilegalmente, a fin de que un juez verifique la legalidad de la citada privación’.
6. Formal, uso innecesario
El empleo del adjetivo formal es redundante en expresiones como formal inhibición formal querella, formal renuncia, formal lectura de sentencia, conclusiones formales, etc., puesto que los términos inhibición, renuncia, querella, lectura de sentencia o conclusiones designan actos, trámites o procesos que por definición llevan implícita la idea de formalidad.
7. La abreviatura de versus es vs., no vs ni Vs.
La abreviatura de versus, preposición que significa ‘frente a’ o ‘contra’, es vs., en minúsculas y con punto abreviativo, por lo que no es apropiado escribirla con inicial mayúscula ni sin punto.
8. Leyes, decretos, códigos, reglamentos…
- Título en mayúsculas
Según las normas ortográficas, los títulos de los documentos legislativos, tales como leyes, decretos y reglamentos, se escriben con inicial mayúscula en cada uno de sus elementos significativos: «Código Penal de la República Dominicana», «Ley de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada», «Reglamento de Aplicación de la Ley No. 141-15 de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes».
- Sus partes: artículo, párrafo, inciso, etc., en minúscula
Cuando no se nombra el texto legal de forma completa o cuando se hace referencia a algún apartado de él, estas palabras, al igual que sus abreviaturas, se escriben en minúscula: ley de sociedades, ley de reestructuración, artículo 1134 del Código Civil, párrafo I del art. 1384, título V, apartado, inciso, literal b…
9. Norma y normativa, diferencias
El sustantivo norma se refiere a un precepto jurídico o ley; normativa, a un conjunto de normas o leyes, por lo que, en general, ha de referirse al conjunto de leyes aplicables a una materia y no a una sola de ellas.
10. Para, antes o después, mejor que a los fines de, con anterioridad a o con posterioridad a
Es preferible evitar el uso, muy arraigado en el lenguaje jurídico dominicano, de expresiones como a los fines de, con posterioridad a o con anterioridad a en sustitución de para, después de o antes de, que son formas más directas y sencillas de exponer el fin a que se encamina una acción o el momento en que se lleva a cabo.
11. Recursos y decisiones judiciales, en minúsculas
Los nombres de los recursos y de las decisiones judiciales son palabras comunes y, por ende, se han de escribir en minúsculas: recurso de apelación, recurso de casación o recurso de amparo (no Recurso de Apelación, Recurso de Casación, Recurso de amparo). De igual manera, se escriben en minúsculas los diversos tipos de decisiones judiciales: auto, sentencia, dictamen, laudo, ordenanza…
12. Sobre la base de y con base en, mejor que en base a
Tanto la Nueva gramática de la lengua española como el Diccionario panhispánico de dudas censuran la construcción en base a, en la que las preposiciones en y a no están justificadas. Se recomienda sustituirla por sobre la base de, con base en, en función de, basándose en, a partir de, de acuerdo con, según, etc.
13. Títulos y cargos de las profesiones jurídicas
La Ortografía académica también enseña que los sustantivos que designan cargos, títulos y profesiones deben escribirse con minúscula inicial por su condición de nombres comunes: licenciado,
En cambio, las abreviaturas de títulos y cargos se escriben con mayúscula inicial: Lic., Dr., Mag., Prof., etc.
14. Tribunales, mayúsculas y minúsculas
Al mencionar entidades judiciales se recomienda el empleo de mayúsculas solo cuando se desea referir a un organismo concreto (Suprema Corte de Justicia, Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís, Tribunal Superior de Tierras del Departamento Central, Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Valverde, Juzgado de Paz de Cabral); no así cuando se usa de manera genérica (los tribunales superiores de tierras, las cortes de apelación, los juzgados de primera instancia, los juzgados de paz).