En estos días, a propósito de la reforma fiscal y de las vistas públicas estuve conversando por el WhatsApp con Servio Pérez, una persona que conocí en la maestría en derecho internacional y diplomacia en la Universidad de la Tercera Edad y con el cual he mantenido siempre muy buena comunicación.
Hace poco, puso a circular un texto muy interesante del cual me envió algunos extractos que se refieren al sistema político participativo, el representativo, y de democracia pura o participación directa, esta última es en la que hace mayor énfasis y la que sugiere adoptemos.
En ese libro, titulado “Participación directa” él aborda el tema de forma muy concienzuda y marca diferencias en cada término. No es lo mismo, apunta él, un sistema político participativo que un sistema político participativo directo.
El participativo directo es el que elimina por completo la representatividad en un sistema político, es decir, las elecciones y los cargos electivos, y permite a cada ciudadano participar de forma directa en las decisiones importantes desde el Estado.
Viéndolo así, desde esa perspectiva, no creo que sea tan fácil aplicarlo en nuestro país y lo digo por la complejidad que tiene, en el sentido de que para que esas cosas sucedan, debemos contar con ciudadanos educados que practiquen la democracia y sean conscientes del rol que deben jugar, pero lamentablemente, aquí todos conocemos nuestros números a nivel educativo y a nuestros políticos.
Ahora, permitir la democracia participativa de ciudadanos en las decisiones si es viable y de hecho es un derecho legítimo demostrado con las vistas y audiencias públicas que hemos presenciado a lo largo de los años sobre temas que inciden directamente en la sociedad.
Este tema lo traigo luego del abortado proyecto de reforma fiscal. Si analizamos la situación, vemos que las vistas públicas arrojaron el resultado que quería la mayoría de la población.
Solo bastó que diversos sectores de la sociedad civil, algunos agrupados en plataformas digitales y organizaciones que defienden la patria y nuestras leyes esbozaron sus puntos de vistas con los fundamentos que esperaba el público para que el proyecto de reforma o modernización fiscal, como lo llamaron desde el Gobierno, se cayera.
Con el retiro de la reforma, que fue un acto de valentía del mandatario, también se catalogó como una conquista del pueblo que demostró que, para servir a los mejores intereses de la nación, posiblemente no es necesario hacerlo desde una curul, ni recibir altísimos salarios, ni cofrecitos, ni barrilitos, pero tampoco privilegios. En esa sesión el Estado no tuvo que pagar un centavo por el servicio.
La actitud asumida por esas personas se constituyó en un ejercicio cívico muy importante. Digamos que el pueblo se alzó y reflexionó sobre el poder que tiene de participar directamente en los asuntos del Estado y esta vez logró su cometido.
De acuerdo con la Constitución de 2015, en su artículo 22 están contemplados los derechos de los ciudadanos a decidir mediante referendo y proponer iniciativas populares, así como a denunciar faltas de los funcionarios públicos en el desempeño de sus funciones y solicitar medidas de interés público a los poderes del Estado.
En su artículo 2 de la Carta Magna también dice que el pueblo puede ejercer la soberanía de forma directa promoviendo la participación ciudadana en todos los espacios de la vida social.