El 16 de septiembre del 2017, una señora fue a realizarse un Papanicolau en un hospital del North West London NHS Foundation (Inglaterra). El Papanicolau es una prueba invasiva del cuerpo de la mujer. Es común, y perfectamente legítimo, que muchas mujeres se sientan incómodas con la idea de que hombres extraños las toquen, prefiriendo ginecólogas y enfermeras.
Ese sábado, la señora ejerció su derecho (conferido por ley), de seleccionar a alguien de su mismo sexo para hacerle su procedimiento. Pero la persona enfermera que la atendió tenía barba, voz grave y cabeza rapada. La paciente explicó que había solicitado una mujer y la persona que le atendió le dijo que se autoidentificaba como mujer. Otra vez, la señora explicó que ella quería una enfermera, y la persona, que para todos los fines fisiológicos y oculares era hombre, le repitió que se autoidentificaba como enfermera. No dejarse hacer el Papanicolau, constituiría una discriminación contra su identidad de género.
La paciente dijo sentirse “avergonzada y angustiada”, y la situación fue tan incómoda, que decidió detener el examen luego de iniciado. Recordemos que ninguna mujer se realiza un Papanicolau medalaganariamente: son necesarios para detectar enfermedades potencialmente fatales. Eventualmente, el hospital pidió disculpas a la señora por la situación y porque la persona enfermera, no contaba con un certificado de género legal. “Nos disculpamos con esta paciente por nuestro error. El protocolo es que toda solicitud deber ser tomada muy en serio”, expresaron. Con o sin certificado, este escenario abre un diluvio de inquietudes.
En Inglaterra, la mujer en la camilla tiene derecho a exigir una enfermera en base a su sexo y la persona que se presentó como enfermera, tiene derecho a ser considerada enfermera si tiene el certificado correspondiente. Muy bien, pero ¿cuándo ambas leyes entran en conflicto, los derechos de quién deben prevalecer? Actualmente, existen algunos criterios necesarios para obtener un certificado de cambio de género. Estos requisitos buscan prevenir lo que nuestra persona enfermera hizo: abusar malsanamente de la ley.
Controversialmente, el gobierno (ojo) conservador británico, avalado por los demás partidos políticos, ha propuesto eliminar todos los requisitos y otorgar certificados de género basándose exclusivamente en el principio de la autoidentificación/declaración personal”. Es decir, bastaría firmar un documento. Llama la atención que partidos políticos que nunca están de acuerdo ni en qué hora es, de repente apoyen estos cambios a unanimidad. ¿Por qué será?
La clave de estos cambios a políticas públicas radica en introducirlos en la legislatura sin que nadie se dé cuenta. Pero ahora se ha armado tremendo revolú porque las feministas inglesas, reconocidas históricamente por ser embromonas aguerridas y por su activismo belicoso, han detectado lo que esto implicaría para los derechos de las mujeres, y han decidido organizarse. ¿Ustedes se imaginan el peligro que representaría para la sociedad dominicana, que una muchacha tímida y pacífica como yo, se formase entre mujeres tan desvergonzadamente revoltosas y desobedientes? ¡Sería el acabose!
Este principio de la “autoidentificación/declaración personal” es la base del Anteproyecto de Ley de Identidad de Género (nombre político “Anteproyecto de Ley General de Igualdad y No Discriminación”) porque no incluye ningún criterio ni requisito y, atención Junta Central Electoral y Ministerio de la Mujer, esto acarrea implicaciones significativas para los espacios donde se encuentran las mujeres más vulnerables de la República Dominicana: las casas de acogida y los recintos penitenciarios segregados.
Si el Anteproyecto se aprobase tal cual fue enviado a las instituciones a finales del 2017 y el escenario presentado en este artículo ocurriese aquí, a la señora del Papanicolau habría que multarla por discriminación. El Anteproyecto establece que “se aplicará, además de las sanciones indicadas y las que se consideren, una multa de 50 a 100 salarios mínimos mensuales del monto establecido para el sector privado a las personas directamente responsables del acto u omisión discriminatorio”. ¿Cuánto son de 50 a 100 salarios mínimos privados? Según la Resolución 05/2017 del Ministerio de Trabajo, el mínimo de los salarios mínimos del sector privado es RD$9,411.60 pesos. Ahora multipliquemos: la multa sería de RD$470,580 a RD$941,160 pesos.
Aquí hay que respirar hondo. Actualmente, el tema de la identidad de género (que afirma que el género son sentimientos internos, no una construcción estructural) es el más tóxico dentro del movimiento feminista. Debatirlo es casi imposible. Recordémosle al equipo redactor que más del 40% de la población dominicana vive en extrema pobreza. Y que la pobreza tiene cara de mujer, porque son afectadas desproporcionadamente. ¿A quién se le ocurre escribir en un Anteproyecto de Ley “de Igualdad y No Discriminación” que la madre soltera que vende yaniqueques en una esquina en la mañana y es conserje de una escuela en la tarde debería ser multada de RD$470,580 a RD$941,160 pesos por desconocimiento sobre un tema que ni las especialistas hemos consensuado?
Si la gente rica detrás de este Anteproyecto quiere multarse entre sí, la apoyo 100%, pero introducir esto disimuladamente y esperar que la población general no se dé cuenta, es una osadía elitista poco razonable. ¿De dónde vienen estas ideas? ¿De quién es este Anteproyecto? Espérenme al próximo artículo.