En la Constitución de 2010 el constituyente optó por incluir dentro de la sección de los derechos culturales y deportivos, el derecho fundamental al deporte, disponiendo en el artículo 65 que: “Toda persona tiene derecho a la educación física, al deporte y la recreación. Corresponde al Estado, en colaboración con los centros de enseñanza y las organizaciones deportivas, fomentar, incentivar y apoyar la práctica y difusión de estas actividades”.
No se trata de un reconocimiento menor, pues como señala la Carta Internacional de la Educación Física, la Actividad Física y el Deporte adoptada en la Conferencia General de la UNESCO de 2015 (sucesora de la Carta de 1978), todo ser humano tiene el derecho fundamental de acceder a la educación física, el deporte y la recreación, indispensables para el pleno desarrollo de su personalidad, de allí que este derecho a desarrollar las facultades físicas, intelectuales y morales por medio del deporte deba garantizarse tanto dentro del marco del sistema educativo como en los demás aspectos de la vida social.
Como señala Flores Fernández el derecho al deporte entraña tanto libertades como derechos. La libertad de practicar un deporte de acuerdo a los gustos, preferencias y aptitudes de cada uno, esto incluye la libertad de participar en las diferentes manifestaciones del deporte, frente a esas libertades papel del Estado es no interferir en el ejercicio libre de las prácticas deportivas, pero para ejercer efectivamente este derecho se requiere que el Estado asuma el papel de garante, de promotor eficaz, facilitando la incorporación de todas las personas a la cultura física y la práctica del deporte en todas sus manifestaciones.
Disfrutamos de los logros deportivos de nuestros atletas, especialmente aquellos que nos representan en competencias internacionales y, por lo general, no son logros que se consigan fruto del esfuerzo como Estado, sino a pesar del poco apoyo que se recibe.
En la mayoría de los casos el apoyo que se brinda muestra la ausencia de un plan a mediano y largo plazo, la falta de políticas claras a las que se dé continuidad. Desde esta tribuna aplaudimos iniciativas privadas que se erigen como el principal sustento de atención y apoyo al deporte de alta competición.
Aunque contamos con la Ley núm. 356-05, general de deportes, esta norma resulta incompleta, ya que existe un mandato constitucional de que se disponga respecto a los recursos, estímulos e incentivos al deporte, otra de las tareas pendientes de nuestras cámaras legislativas, lo que impide que seamos referencia en materia deportiva en la región.
Aun sin contar con una ley adecuada al mandato del constituyente, estaríamos en mejor posición si se crearan e implementaran políticas públicas orientadas al deporte y la educación física, se olvida el rol que juega el deporte en las personas y en la disciplina de nuestros escolares. La Constitución obliga al Estado a asumir el deporte y la recreación como política pública de educación y salud, sin embargo, no existe un plan curricular en el que se coloquen en el lugar en el que corresponde y su desarrollo dentro de la educación pública es prácticamente nulo.
Si analizamos la disposición actual de los recursos en el sector deportes, pareciese que tenemos un derecho al deporte de federados y no un derecho fundamental al deporte, las federaciones son vitales, pero no deben ser vistas como objeto sino como un instrumento.
Falla el Estado dominicano en su deber de facilitar, a través de acciones afirmativas que las personas puedan ejercer este derecho y, además, promover en la educación programas de educación física, que contribuyan a crear hábitos y comportamientos favorables para el individuo.