El Ministerio Público se resiste a despojar de espectacularidad sus actuaciones y, en el caso de los semáforos, vuelve a relegar principios básicos como la presunción de inocencia, el cumplimiento del debido proceso, incluida la legalidad de la prueba (artículo 26 del CPP), y el respeto escrupuloso de la dignidad de los investigados.

Sin adentrarnos en el fondo del expediente, que apenas ha trascendido, hay varios aspectos de forma que a la postre, existen precedentes, afectarán el fondo.

El Ministerio Público está compelido a liberar a sus encausados de la exposición mediática, que alienta el morbo y da pie a una condena social anticipada, sin que medien los argumentos de defensa ni el apoyo en pruebas irrefutables.

Sobre la garantía del respeto a la dignidad de las personas investigadas y de la idoneidad del nombre, y porque bautizó este caso como “Operación Camaleón”, el Ministerio Público menosprecia la orden impartida por el juez Deiby Timoteo Peguero, del caso “Pulpo”, de no etiquetar los expedientes con calificativos: “Esos nombres, al estar referidos a personas, son contrarios a la dignidad, y al Estado no le corresponde hacer ejercicio violatorio a la dignidad de las personas”, sentenció el juez.

Y pese a que la experiencia acumulada debiera inducirle a otro tipo de medida, ha calcado el guion con los semáforos: solicitud de caso complejo y 18 meses de prisión preventiva, lo que solo ha traído escarnio a los involucrados.

Actualmente están libres todos los implicados en casos anteriores con nombres de especies marinas, pero porque los plazos legales perimieron, y algunos tuvieron que pasar innecesariamente hasta 18 meses presos. Lo menos que se pudiera pedir, entonces, es que este caso se lleve con los encartados en libertad.

La presunción de inocencia es un punto nodal del derecho, principio casi sagrado que custodian celosamente varias garantías con rango constitucional.

Es mucho el ruido que ha acompañado al proceder de este MP y no poca la contaminación que se produce.

La Justicia dominicana debe enderezar el rumbo, desde las audiencias de medidas de coerción, otro de los males, porque semejan juicios de fondo con jueces temerosos cuyas decisiones concuerdan casi siempre con las que previamente dicta el “tribunal callejero”.

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