La incorporación en la Constitución y leyes adjetivas de derechos fundamentales, constituyen la mayor expresión de los valores y principios que caracterizan un sistema democrático, como el que hemos en el preámbulo y en la cláusula del Estado Social y Democrático de Derecho, establecido en el artículo 7 de la Ley Sustantiva.
En este contexto, hay que destacar que los derechos humanos representan valores democráticos como: igualdad, libertad, solidaridad, justicia, dignidad humana, entre otros. Partiendo de esta realidad, en la Carta Magna se establece un amplio catálogo de derechos y garantías, que propenden a juridificar la democracia con lo cual les concede sustancia y contenido a los valores antes descritos,
En este contexto, el jurista mexicano Miguel Carbonell en la obra titulada “Derechos Fundamentales y Democracia”, al abordar la vinculación de la democracia con los derechos humanos en el marco del constitucionalismo moderno, plantea lo siguiente:
“Se puede afirmar que los conceptos de democracia y de constitucionalismo se nutren recíprocamente y dependen uno de otro. El constitucionalismo juridifica la democracia y le da forma expresa a través de la normatividad jurídica. La democracia, por su parte, es el régimen que hace posible que se materialicen en la práctica los valores de libertad, igualdad y seguridad jurídica que conforman la columna vertebral del constitucionalismo” (Carbonell, 2013, p.21).
El Tribunal Constitucional dominicano, al referirse a la igualdad de derechos a elegir y ser elegidos, tanto de los ciudadanos que no pertenecen a las filas de los partidos políticos como los que militan en el mismo, en el sentido de que, en el considerando 12.8.3 de la sentencia TC-0441-19, al hacer referencia a la sentencia TC-0531-15, plantea lo siguiente: “… es una tradición arraigada de la a democracia contemporánea, el que los partidos políticos permitan que ciudadanos no militantes aspiren, a través suyo, a cargos de elección popular. Con ello se aseguran de que personas de reconocido prestigio y arraigo popular, coincidentes con su programa político y la visión ideológica de gobernar que éste proyecta, puedan hacer causa común en el logro de la finalidad esencial para la cual existen los partidos”.
En síntesis, hay una vinculación muy estrecha entre los conceptos derechos humanos y democracia, ya que, a través de la instauración de un sistema democrático, se pueden operativizar los valores, principios y derechos contenidos en el preámbulo y la Norma Suprema, referente a la: Dignidad humana, libertad, igualdad, justicia, participación, y seguridad jurídica.