La normativa sobre delitos contra la cosa pública en el país es dispersa y poco analizada, por lo que uno de los desafíos de la ciencia penal es su acopio, sistematización y análisis jurídico.

El Código Penal de la República Dominicana reúne gran parte de las infracciones que pueden ser cometidas, dividiéndolas en crímenes y delitos contra la persona, crímenes y delitos contra la propiedad y crímenes y delitos contra la cosa pública. En esta última se agrupan todas aquellas inconductas relativas a la seguridad del Estado, los delitos de funcionarios en el ejercicio de sus funciones, las falsedades, las sustracciones de fondos y en general, delitos en los cuales el bien jurídico tutelado es el Estado. También, hay numerosas leyes que establecen delitos que pueden ser englobados bajo esta denominación, por ejemplo, los delitos ambientales, los delitos fiscales, los delitos electorales o el delito de lavado de activos.

A pesar de que los crímenes y delitos contra la cosa pública constituyen un título completo del Código, la doctrina ha mostrado poco interés por el estudio del tema, lo que se pone en evidencia en el ejercicio del Derecho y en las acciones, decisiones y pronunciamientos de funcionarios, jueces del tren judicial, jueces electorales y abogados del país.

El estudio del Derecho en las facultades dominicanas ha dejado de lado todo lo relativo a esta parte del Derecho Penal, dando lugar a generaciones de abogados con grandes lagunas en la normativa relacionada con ese tipo de delitos.

A mediano y largo plazo esta distorsión conlleva consecuencias nefastas para la sociedad. La impunidad es una de ellas.
Incontables veces la gran mayoría de esos delitos no suele ser castigada a consecuencia de la ignorancia de los actores del proceso penal en el tema y su desconocimiento cuesta mucho al país. Un ejemplo de esto es la conducta delictuosa del funcionario en el ejercicio de sus funciones; ese tipo de infracciones pocas veces es castigada y los daños que su comisión ocasiona nunca son, por tanto, resarcidos.

Por ello, se propone la creación de la materia “Crímenes y delitos contra la cosa pública” para la enseñanza de un Derecho Penal Especial que actualmente no se imparte en la mayoría de los centros educativos superiores, ni siquiera como electiva.

Es una necesidad hacer un mayor énfasis en el estudio de esta legislación para lograr una mejor colaboración entre juristas y estudiosos del derecho en la lucha contra la impunidad que cubre este tipo de delitos y la corrupción que viene a ser consecuencia de ella.

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