El pasado lunes 27 de febrero se publicó el artículo titulado Rousseau y el trimestre patrio, en el que se expusieron algunas ideas del filósofo relacionadas con la libertad, en el marco del trimestre enero – marzo, denominado por el Ministerio de Educación como trimestre patrio.
En esta ocasión, en que el espíritu patriótico se encuentra a flote a nivel nacional, haremos una mirada al capítulo VI del libro El contrato social de Rousseau, titulado De la ley. Lo primero que afirma el autor es que “la justicia debe ser recíproca”(p.46). Esto nos invita a evaluar los acontecimientos cotidianos, las relaciones de poder, y reflexionar sobre el concepto de reciprocidad y su aplicación.
De igual forma, Rousseau sostiene: “La falta de sanción institucional hace que las leyes sean vanas, promuevan el bien del malvado y propicien el mal del justo cuando este último las observa con todo el mundo sin que nadie las cumpla con él”(p.47). Una afirmación cuya connotación semántica trasciende la lectura superficial de estas líneas y conduce a evaluar las implicaciones de la impunidad en la sociedad.
Cuando un sujeto se siente solo cumpliendo la ley y observa que la omisión de esta por parte de sus pares no se sanciona, se corre el riesgo de que los justos, si no cuentan con un sistema sólido de valores, se conviertan en malvados. De ahí que, algunos tiendan a dejarse corromper y normalicen conductas como llegar tarde porque nadie llega temprano, no respetar la luz roja del semáforo porque pocos lo hacen y así, una cadena de conductas detestables se acentúa diariamente en el marco de la normalidad. Finalmente, el autor tomado como referencia en este artículo enfatiza que es necesario que las leyes, primero: medien entre los deberes y derechos; segundo: que las leyes encaminen la justicia a sus fines.