El domingo pasado circuló un video que falsificó el momento en que se realizaba el sorteo de la Lotería Nacional. A simple vista se observa el cambio de secuencia de los hechos, al publicar el número premiado antes de que el bolo fuera sacado del globo. Se hizo para desacreditar esa institución del Estado.
La adulteración es tan burda que no es necesario un experto en análisis de imágenes. Una simple comparación evidencia la adulteración. La Lotería Nacional debe ser apoyada en su solicitud al Ministerio Público para que investigue este hecho, identificando el canal digital con base en Santiago que divulgó el video falso.
También, exigió explicar los hechos a ese canal y a una entidad vinculada, que por cierto, tiene un sorteo no autorizado, según se nos informó, que no ha podido ser cerrado a pesar de las gestiones realizadas por la Lotería Nacional.
Este caso pone en primer plano la preocupante situación que crea el alud de violaciones a principios fundamentales de la sociedad democrática, que se comenten diariamente aprovechando las facilidades que ofrecen hoy los modernos sistemas y canales de comunicación digitales. El año pasado reportamos el notable crecimiento de las denuncias por difamación recibidas por el Ministerio Público en el Distrito Nacional usando estos medios.
Se abusa continuamente del dictado constitucional que garantiza el derecho que tiene toda persona “a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa”; y que también establece que toda persona “tiene derecho a la información”, y esto comprende “buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución”. Además, garantiza que todos los medios de información “tienen libre acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público”.
Toda persona puede expresar por cualquier vía sus opiniones sin censura, pero quien ataca el honor y la imagen de una persona o una institución, y al hacerlo difama, injuria o adultera los hechos, la Constitución dice que “está obligado a resarcirlos o repararlos conforme a la ley”.
La Lotería Nacional reclama la acción del Ministerio Público amparada por la Ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología que en su artículo seis considera ilícito “acceder a un sistema electrónico, informático, telemático o de telecomunicaciones, o a sus componentes, utilizando o no una identidad ajena, o excediendo una autorización”; y en su artículo 10 define como un delito “borrar, afectar, introducir, copiar, mutilar, editar, alterar o eliminar datos y componentes presentes en sistemas electrónicos, informáticos, telemáticos, o de telecomunicaciones, o transmitidos a través de uno de éstos, con fines fraudulentos”.
La Lotería Nacional pide actuar al Ministerio Público de Santiago, pero todos los que tenemos interés en cuidar la salud de nuestra democracia, debemos exigir que se aplique todo el rigor de la ley en este caso. Los fiscales de Santiago y la Procuraduría General de la República tienen una oportunidad única esta vez, para marcar con este caso un antes y después, y dar una señal de que quienes usan los canales digitales tienen la obligación de respetar los límites que les impone la Constitución y las leyes. Este hecho, también plantea un desafío a la decisión del presidente Luis Abinader de sanear el inaceptable desorden existente en los juegos de azar basados en número. La legalización es útil, pero el desorden daña.