El presidente Luis Abinader, ante la tragedia ocurrida en Jet Set, expuso de manera transparente la debilidad normativa existente en nuestro país en materia de supervisión de obras privadas.

Luego de esta tragedia y en espera de las investigaciones que arrojen luz en torno al lamentable hecho, la pregunta que algunos se hacen es por qué una institución como la Alcaldía del Distrito Nacional no ofreció la debida supervisión a la edificación, sin embargo, basta con escuchar al propio mandatario para entender la realidad actual.

Ante la promulgación de la Ley 160-21, las facultades en materia de supervisión e inspección de obras privadas quedaron transferidas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), al Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (Mived), no obstante, expertos jurídicos, señalan la existencia de un vacío normativo que es lo que pudiera haber afectado el accionar de las instituciones involucradas en el tema con relación a la supervisión de edificaciones privadas.

La referida ley, que transfiere al Mived nuevas funciones, no estipula en su reglamentación un sistema de supervisión e inspección a las obras privadas, mientras tanto, el Ayuntamiento del Distrito, institución que hasta el momento entendíamos era la responsable de dicha función, quedó limitada a autorizar el uso de suelo y emitir licencias de apertura de establecimientos, fábricas, industriales y comerciales, mientras que el decreto 316-06, asignó otras atribuciones al Cuerpo de Bomberos, como por ejemplo, la responsabilidad de hacer inspecciones sobre las condiciones de seguridad en espacios públicos comerciales o privados de uso público. Ante la realidad, lo importante es actuar, a partir de que hay un hecho y que debe servir de referencia.

A propósito de que hay datos que señalan que el pasado año el sector construcción tuvo una recuperación parcial en el último trimestre y que para este 2025, de igual manera, se espera un escenario aún más prometedor para este pujante sector, sería de suma importancia que en este punto en el que estamos, se tomen las medidas necesarias para hacer cumplir la ley 160-21 y se adecue la normativa en torno a las responsabilidades de supervisión de las obras privadas, de manera que el Estado pueda aportar en la tranquilidad y seguridad para las familias que adquieren una vivienda, ya que la falta de supervisión adecuada puede tener consecuencias devastadoras. Es tiempo de actuar.

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