Parte 2
Tras un día completo de argumentos de acusaciones y otros de defensas, en demanda de una condena por el cuadruple asesinato que estremeció no solo la República Dominicana, sino también al mundo, se dio a conocer el fallo esperado por dos años.
Al cumplirse el segundo aniversario de la trágica muerte de las hermanas Mirabal a manos de agentes del Servicio de Inteligencia Militar (SIM), organismo de terror y violencia controlado por el dictador Rafael Leonidas Trujillo, se llevó a cabo el esperado juicio que condenó a los criminales que llevaron a cabo la orden de muerte.
Sentencia
Luego del juicio, el juez de la Cámara Penal Nacional, el doctor Osvaldo B. Soto, se fue a deliberar a su despacho y nadie pudo determinar qué tanto se tardaría en tomar la decisión que orientaría el fallo con el cual se terminaría uno de los procesos de mayor interés de los que se habían celebrado en la República Dominicana, según la opinión generalmente aceptada.
Luego de haber permanecido por más de cinco horas deliberando, el juez dictó sentencia a las 7:45 de la mañana.
Según lo acogido en el dictamen fiscal, se condenó a 30 años de trabajos públicos a Manuel Alfonso Cruz Valerio, Emilio Estrada Malleta y Ramón Emilio Rojas Lora, acusados de asesinar a las hermanas Mirabal y al señor Rufino de la Cruz.
En esta línea,variando el juez la petición fiscal que fue de 30 años, condenó a Ciriaco de la Rosa Luciano y Néstor Antonio Pérez Terrero, sobre quienes pesaban la mismas acusaciones, a 20 años de trabajos públicos.
Por otro lado, Victor Alicianio Peña Rivera y Cándido Torres Tejada, sobre quienes pesaba la acusacion de complicidad en el cuadruple asesinato y la del crimen de asociacion de malhechores, fueron sentenciados a 20 años de trabajo público. La sentencia contra Torres Tejada fue dictada en contumacia, ya que se encontraba prófugo en el extranjero.
En adición a esto, Silvio Gómez Santana y Viterbo Álvarez (Pechito), fueron sentenciados a cinco años de trabajo público por el crimen de asociación de malhechores.
Compensación monetaria
Por la misma sentencia, los inculpados Ciriaco de la Rosa Luciano, Emilio Estrada Malleta, Manuel Alfonso Cruz Valerio, Raamón Emilio Rojas Lora, Néstor Antonio Pérez Terrero, Cándido Torres Tejada y Alicinio Peña Rivera, fueron condenados al pago de 10 mil pesos de indemnización cada uno, en favor de los familiares de las hermanas Minerva, Patria y María Teresa Mirabal, las damas victimadas, y solidariamente el pago de 20 mil pesos de indemnización en favor de la señora Denisa Gonzalez viuda de De la Cruz, esposa del señor Rufino de la Cruz.
Para pronunciar esta sección de la sentencia, el juez aceptó completamente la solicitud de la parte civil representada, cuyas argumentaciones fueron presentadas por la doctora Lourdes Guzmán.
Reacciones
Inicialmente, los acusados que fueron sentenciados a 30 y 20 años de prisión parecían indiferentes al escuchar la decisión del juez; sin embargo, al concluir la lectura de la sentencia, su actitud se transformó, mostrando signos de depresión y descontento.
Inmediatamente la mayoría de los reos interpusieron recursos de apelación, manifestando el juez que disponían de un plazo de diez días para hacerlo.
Reacciones de la defensa
El abogado defensor, el doctor Domingo Porfirio Rojas Nina, expresó que en su opinión no veía la existencia de una asociación de malhechores. Argumentando que dicha asociación implica necesariamente un acuerdo criminal entre individuos que se unen de manera libre y voluntaria, sin ninguna investidura oficial ni mandato de la autoridad establecida.
En este sentido, señaló que el tribunal no había determinado que los miembros del Servicio de Inteligencia Militar se hubieran unido de manera libre y voluntaria, destacando que estaban sujetos a restricciones impuestas por su existencia, las cuales provenían de la dictadura, descrita como una fuerza imperativa, voraz, estridente y coercitiva.
Luego de muchas consideraciones jurídicas, Rojas Nina concluyó pidiendo al tribunal que tuviera clemencia para los acusados.
Por otro lado, el doctor Barón Goico Castro, también abogado de la defensa, debatió la tesis de que los acusados habían actuado “bajo un auténtico estado de necesidad”, destacando el hecho de que si no cumplian la orden emanada directamente de Trujillo, pagarían con su vida.
Dicha tesis, planteada por Goico, fue replicada por el doctor Héctor Sánchez Morcelo, de la parte civil.
El juicio final
La audiencia, que había terminado a las 7:45 de la mañana, y había iniciado el día anterior a las 10:25 de la mañana, resultó ser la más laboriosa y agotadora de las 35 que se habían celebrado para concluir el proceso.