Parte 1
La justicia tardó dos años para condenar el hecho que cambió la historia de la mujer en la República Dominicana, y en parte en el mundo. Justo al siguiente día del segundo aniversario del asesinato de las hermanas Mirabal y su chofer, sentenciaron a sus asesinos.

Tres valientes hermanas, Patria, Minerva y María Teresa, que lucharon contra la tiranía trujillista fueron vilmente asesinadas junto a su chofer el 25 de noviembre de 1960, día que marca una de las tragedias más sensibles para la República Dominicana y ha servido de referente ante el mundo. En esta ocasión, la Zona Retro rememora el juicio y condena de quienes cometieron el crimen.

Juicio

El fiscal, doctor Rafael Valera Benítez, pidió treinta años de trabajos públicos para los cinco ex agentes del Servicio de Inteligencia Militar (SIM), que participaron directamente en el asesinato de las hermanas Mirabal y de Rufino de la Cruz, quien conducía el auto en que viajaban.

Sentencia que se produciría justamente un día después del segundo aniversario del asesinato de las valientes jóvenes que lucharon contra la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo.

La trigésimo quinta audiencia del proceso que comenzó con un público discreto, se transformó por la noche cuando la sala estuvo completamente llena, destacando la notable presencia de mujeres. Entre los presentes también estuvo el doctor Manuel A. Tavarez Justo, esposo de Minerva Mirabal.

El fiscal pidió 30 años de trabajos públicos para Ciriaco de la Rosa Luciano, Manuel Alfonso Cruz Valerio, Emilio estrada Malleta, Ramón Emilio Rojas Lora y Néstor Antonio Pérez Olivero.

En esta línea, también solicitó 20 años de trabajos para Víctor Alicinio, ex jefe del SIM en el Cibao al momento de cometerse el cuádruple asesinato, y la misma pena para Candito Torres Tejeda, quien para el momento del juicio se encontraba fuera del país. Para los demás implicados demandaba penas que fluctuaban entre 2 y 5 años de prisión.

Parte Civil

El licenciado Antonio Guzmán y Guzmán, uno de los abogados de la parte civil, inició su discurso a las 10:30 de la mañana, extendiéndose hasta la 1:00 de la tarde.

Expresó su pesar por la ausencia de los doctores Francisco Carvajal Martínez y Ramón Pina Acevedo, a quienes reconoció como “auténticos combatientes en el desarrollo del proceso”, y quienes fueron deportados por el gobierno dominicano.

En este contexto, destacó que era muy significativo que, mientras la parte civil tenía dos abogados menos, el equipo de defensa de los acusados contaba con tres más. Esto lo llevó a considerar que el proceso contra los acusados del asesinato de las hermanas Mirabal era el más trascendental del país.

El fiscal habla (Alegatos)

El fiscal nacional, doctor Valera Benítez, inició su deposición a las 4:10 de la tarde, diciendo que las hermanas Mirabal seguían presentes en el seno de la sociedad dominicana y que esa tragedia constituía un hecho que superaban las contexturas penales, rebasando el recipiente jurídico.

En esta línea, señaló que el cuádruple asesinato fue obra “del engendro criminal” llamado Servicio de Inteligencia Militar. Siguiente a eso, se extendió en amplias explicaciones para determinar que el SIM era una asociación de malhechores, enfatizando que por el hecho que en esa agrupación hubiera elementos que habían sido militares, no se podía enjuiciar, como había señalado uno de los acusados.

Manifestó que sí, debido a que Clodoveo Ortiz y Rojas Lora pertenecieron a la Marina de Guerra, no se podría arremeter contra esa institución; lo mismo sucedía con Gómez Santana, quien había sido miembro del Ejército, y con Ciriaco de la Rosa, quien había sido sargento de la Policía.

En sus conclusiones, el fiscal Valera Benítez, solicitó 30 años de trabajos públicos para De la Rosa, Cruz Valerio, Estrada Malleta, Rojas Lora y Pérez Terrero.

En ese sentido, por complicidad en el cuádruple asesinato el fiscal pidió 20 años de trabajos públicos para Cándido Torres y Peña Rivera.

Además, cinco años de trabajos públicos a Gómez Santana y Viterbo Álvarez (Pechito), tres años para Olivero Segura y Peña Ortiz; y dos años para Sindito Almonte, acogiendo en su favor, amplias circunstancias atenuantes.

Valera Benítez pidió también que el grupo fuera condenado al pago de las costas, y a una reparación pecuniaria en beneficio de las partes civiles constituidas, cuyo monto dejo a la apreciación del tribunal.
En este contexto solicito, también, que el SIM y la ASI fueran declarados organismos que se dedicaron “a apuntalar por la fuerza, la violencia y el crimen… el régimen antijurídico, de facto, antidemocrático y violador de todo precepto u ordenamiento legal”, representado por Rafael Leónidas Trujillo “y todos sus testaferros presidenciales”, incluidos Héctor Bienvenido Trujillo y Joaquín Balaguer.

En esta línea, dijo que el SIM y la ASI, lejos de ser organismos adscritos a las fuerzas Armadas y a sus mandos tácticos y estratégicos “nada tenían que ver en verdad con la búsqueda, análisis y manejos de información que pusiera en peligro la soberanía de la República y su integridad territorial o su independencia.

Recalcó esa afirmación en una certificación de la jefatura del Estado Mayor del Ejército, en la cual se expresa que el servicio G-2, como división de dicho Estados Mayor aplicado a operaciones de inteligencia militar en vista de preservar el país “en nada tenía que ver” con el SIM o la ASI.

Defensa (alegatos)

A las 10:15 de la noche, el abogado defensor, doctor Héctor Barón Goico, comenzó su discurso con elogios hacia las hermanas Mirabal. Expresó que la muerte de estas no solo había llenado de dolor a sus familiares, sino a toda la República.

Indicó que la trayectoria delictiva de Trujillo comenzó cuando era teniente del Ejército durante la ocupación estadounidense en la provincia de El Seibo. En esa época, Trujillo ordenaba colocar revólveres en las casas de las familias para luego acusarlas de portar armas de fuego y someterlas, imponiéndoles multas.

En cuanto a los acusados, expresó que no se podía enjuiciar a una persona sin antes conocer su personalidad ni el ambiente donde se había criado. Detalló que cuando Candito Torres había llamado a Ciriaco de la Rosa al Palacio Nacional y el general Román le transmitió la orden, lo hacía en representación del tirano ajusticiado.

En ese contexto, dijo que tan pronto Ciriaco había recibido la orden, su voluntad quedó desnaturalizada, porque la orden provenía del amo del pueblo, del dueño de mil millones de pesos y 50 mil hombres armados respaldado por una Aviación y una Marina. Haciendo referencia a la orden de matar a las Mirabal, puntualizó que anteriormente la había recibido Peña Rivera, quien valientemente se negó a cometer el crimen, lo que llevó a la designación de Ciriaco de la Rosa, hecho ocurrido en el café Antillas de Santiago.

Goico agregó que el fiscal estaba mirando gigantes donde solo había molinos de viento, y que en su afán de defender a la sociedad, ve[ia espejismos.

En tal sentido, señaló que Peña Rivera se había excluido de la complicidad de los hechos porque la orden la dio Trujillo, la transmitió a él Candito Torres y él la informó a Ciriaco de la Rosa, liberándose de toda culpabilidad.

Refiriéndose a Ciriaco, manifestó que sí existió el estado de necesidad, y que a pesar de eso, los acusados trataron de evitar la comisión del crimen mintiendo al informar que las hermanas Mirabal viajaban acompañadas de ancianos y niños.

Declaró que las acciones delictivas de Ciriaco y su grupo no tenían ningún impacto en Peña Rivera. Además, explicó que los eventos debían ser aceptados tal como los declaró De la Rosa, ya que el tribunal carecía de evidencia para presentar argumentos en contra.

Afirmó que Trujillo era tan poderoso que si en esos momentos se hubiera presentado en la sala, todos habrían temblado. Añadió que era tan cierto el estado de necesidad que existía en la época de Trujillo que incluso los poetas, de manera espontánea, le escribían versos, y como prueba, leyó uno que calificó de bello.

Sentencia

El juez de la Cámara Penal Nacional encargado del juicio fue el doctor Osvaldo B. Soto, quien se fue a deliberar a su despacho y nadie pudo determinar qué tanto se tardaría.

En este sentido, con la sentencia emitida por el juez se concluía uno de los procesos más destacados celebrados en la República Dominicana, según la opinión generalmente aceptada. Dicho resultado se dio a conocer la mañana siguiente al juicio, donde se detalló la condena a cada imputado.

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