La gente se preguntaba por qué las autoridades de la República han sido tan permisivas con la empresa manejadora del vertedero de Duquesa. Finalmente, el ministerio de Medio Ambiente decidió proceder en base a las violaciones continuas de la ley 64-00, a partir del artículo 175 que tipifica los delitos medioambientales.
Las agresiones al ambiente en el botadero del Gran Santo Domingo son constantes y en consecuencia hace tiempo que la autoridad pública debió actuar. La multa de RD$16 millones impuesta recientemente fue como un estímulo a la desobediencia.
Hace años que el río Isabela recibe los vertidos peligrosos de Duquesa, al margen de los ataques generales al ambiente en el entorno y más allá.
Todo eso pese a la cadena de ilicitudes que envuelven la posesión sobre los terrenos. El procedimiento de apropiación de los terrenos de por sí constituye un delito grave, después que el Consejo Estatal del Azúcar (CEA) determinó que sigue siendo el propietario legítimo de los mismos.
Habría que pensar también en las denuncias sobre los términos en que fue extendido el período del contrato suscrito entre la gestión pasada del cabildo de Santo Domingo Norte y los manejadores de Duquesa. El actual alcalde de ese municipio ha dicho abiertamente que esa decisión se produjo en violación de la ley 340-06 de compras y contrataciones.
De modo que no estamos sólo ante la violación a la ley 64-00, sino ante una cadena de hechos punibles que han debido ameritar la acción pública.
Hay un sometimiento, pero hay que ver qué contiene la pieza, qué tan consistente pudiera ser como para que de verdad la justicia actúe. Que establezca las bases para solucionar de manera definitiva un conflicto que impacta la calidad de vida de más de dos millones de personas en el Gran Santo Domingo.
La acción no debe recaer únicamente en un ciudadano chino identificado como Adrian Christopher Lee Chin, sino también en los grandes beneficiarios, bajo el manto de la opacidad.