Vicepresidente del Senado entrega proyecto que regula servicios telefónicos

El vicepresidente del Senado, Dionis Sánchez, entregó este miércoles al presidente de la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado, el proyecto de ley que dispone Regulación  a los Servicios  Telefónicos el cual  fue reintroducido en esta legislatura y aprobado en dos lecturas consecutivas por el Senado.

El vicepresidente del Senado, Dionis Sánchez, entrega al presidente de la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado, el proyecto de ley que dispone Regulación a los Servicios Telefónicos
El vicepresidente del Senado, Dionis Sánchez, entrega al presidente de la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado, el proyecto de ley que dispone Regulación a los Servicios Telefónicos

El vicepresidente del Senado, Dionis Sánchez, entregó este miércoles al presidente de la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado, el proyecto de ley que dispone Regulación  a los Servicios  Telefónicos el cual  fue reintroducido en esta legislatura y aprobado en dos lecturas consecutivas por el Senado.

Sánchez, autor de la iniciativa informó que a la misma se le incluyeron algunas modificaciones, como es el caso de los minutos  del Plan Prepago  que  en el proyecto anterior  establecía  un año  de vigencia  para estos, y en este proyecto se redujo a seis meses  a sugerencia de los diputados.

En un comunicado dijo el objetivo del proyecto es transparentar  las relaciones  de las prestadoras  de servicios  públicos  de telecomunicaciones con sus clientes, respecto de los servicios pagados  y no consumidos.

Refiere además, sobre los minutos  pagados y no consumidos   que al momento de acordar  una contratación  para la adquisición  de un servicio prepago con una prestadora de servicio de telecomunicaciones  queda establecido  que los minutos contratados  y pagados por el cliente  y que no hayan sido consumidos, serán traspasados y acumulados  al mes siguiente.

En su artículo 7  el proyecto de ley  establece que los servicios de telefonía  que fueren suspendidos  por las prestadoras  de servicios,  sea porque  el usuario  así  lo entienda  de manera temporal, sea  por falta de pago, o por cualquier  otra circunstancia, no se les puede seguir facturando  por el tiempo que se mantenga suspendido el servicio.

 

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