La abogada Wendy Lora asegura que el proyecto de ley de extinción de dominio, es un instrumento que ciertamente ha dado resultados en determinadas jurisdicciones, y que consiste en un mecanismo que puede construir, apoyar y generar algunos problemas.
“Se ha dicho que la constitución de la Republica ordena una Ley de juicio de extinción de dominio, sin embargo sí se lee el artículo 52-6 de la constitución de la república lo que señala es la necesidad de contar con una ley de administración de bienes, que regule los bienes que estén decomisados o secuestrados por leyes y que se encuentren resguardados por juicios de extinción de dominio por lo que debe ser una prioridad”. indicó Lora.
La extinción del dominio consiste en extinguir la relación que existe entre un propietario y un bien específico, es decir, la relación de propiedad basada en que se dio en un origen ilícito de ese bien y por ende el derecho no debe resguardar esa relación. El proceso que parte de un delito no debe ser resguardado, con la ley de lavado de activos no se necesita que exista una sentencia firme que determine que existe un delito. En ese sentido los jueces penales son lo que decidirán sobre la extensión del dominio. Precisó Lora.
Con relación a la extensión de bienes de narcotráfico y lavado de activos la abogada Claudia Álvarez expresa, que el proyecto de ley luego de que hay un proceso de dominio de ese bien y pasa al estado es una persecución a la ley y no a la persona per se, se puede considerar que es una manera de hacer una división para tener todo el proceso que se lleva en un juicio de acusar, de perseguir a una persona, lo que se busca es es el bien en un proceso más corto, es decir si se lleva un juicio y no se le puede probar que esa persona es culpable de lo que se le está acusando, entonces habría que ver que pasaría con los bienes que se incluyeron en ese proceso, reiteró que este caso es algo nuevo que se está viendo en la justicia dominicana.