Las altas cortes, Tribunal Constitucional, Tribunal Superior Electoral (TSE) y el Superior Administrativo (TSA) han sido apoderados por diferentes actores, de impugnaciones en contra del decreto que prorrogó el estado de emergencia
Desde recurso de inconstitucional, alegato de derechos conculcados y violación a la seguridad jurídica, las Altas Cortes deberán decidir si dan aquiescencia a estos recursos “cuanto antes”, ya que han solicitado que sea conocido de urgencia.
Ayer el TSE conoció un amparo incoado por el candidato a senador de la Fuerza Nacional Progresista y aliados, Vinicio Castillo Semán, donde busca la restauración de los derechos fundamentales que fueron afectados por el decreto 130-20, que prorrogó el estado de emergencia hasta el 30 de junio, es decir cinco días antes de las elecciones.
Castillo Semán solicitó en su condición de candidato, que pueda ser excluido de la regulación a fin de que pueda desarrollar sus actividades políticas, al igual que como se hizo con los empleados y funcionarios de la Junta Central Electoral (JCE).
Reclamó que se le permita ejercer sus derechos de libertad de tránsito, de reunión y de expresión al candidato, sin restricción de horario, con la única condición que la prudencia para tomar las medidas adecuada para evitar contagio con el virus.
Mientras en el Constitucional el Partido Revolucionario Moderno interpuso una acción directa de inconstitucionalidad que busca la nulidad de la resolución 67-20, mediante la cual el Congreso Nacional autorizó una nueva extensión del estado de emergencia, y los decretos 213-20 y 214-20.
El PRM entiende que esos actos de los poderes Legislativo y Ejecutivo violan los principios constitucionales de seguridad jurídica, proporcionalidad y legalidad.
De su lado en el TSA, varios candidatos a puestos legislativos sometieron una acción de amparo, para que sean declarado inconstitucional, por vía difusa, los decretos 213 y 214, que prorrogó el estado de emergencia y se estableció el toque de queda.
Sostienen que el actual estado de emergencia carece de certidumbre y seguridad respecto al alcance del ejercicio de los derechos a la libertad de reunión y asociación y con ello afecta el ejercicio pleno de los derechos electorales.
Jaime Rodríguez, representante legal de los candidatos, sostuvo que la población debe tener claro cuáles son los comportamientos prohibidos en el marco de la restricción a los derechos y la razón de los mismos, pues de lo contrario se incurre en arbitrariedad.