Fue depositada por ante la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional un sometimiento penal en contra del rector Iván Grullón Fernández y la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), por alegadamente negarse a honrar compromisos de la pasada gestión de Mateo Aquino Febrillet, en perjuicio de la ingeniera Nieves Luisa Celado Batista.
“En violación al ordenamiento jurídico penal y en particular a la Ley 3143 sobre Trabajo Realizado y No Pagado; así como también al artículo 31 numeral 10, del Código Procesal Penal”, dijo el abogado Trajano Vidal Potentini en una nota de prensa
La firma de abogados Trajano Potentini & Asocs. S.R.L informó que fue apoderada de las gestiones legales, para resarcir los supuestos daños causados por la UASD y su rector a la ingeniera Celado Batista, y que pese a recibir de manos del director de planta física de la UASD, una certificación validando los trabajos reclamados y los compromisos pendientes, se niegan alegadamente por instrucciones de Grullón a cumplir con lo pactado.
Uno de los abogados actuantes, Luis Fontanez explicó que por casi dos años se han hecho todas las diligencias amigables, hablando con el administrativo Ediltrudis Beltrán, con Sergio Pichardo, de planta física, con la consultoría jurídica de la UASD e incluso con el propio Rector, quien se había comprometido a resarcir los daños; además de mandarles varias comunicaciones e intimaciones de pago, sin que hasta el momento se advierta algún interés en cumplir.
De acuerdo con Fontanez, la firma de abogados pedirá de entrada medida de coerción en contra del rector, consistente en prisión preventiva, en adición a una indemnización de 25 millones de pesos, un astreinte de 100 mil pesos diario por el incumplimiento de la sentencia a intervenir.
También una condena final de dos años de prisión correccional, tanto para el rector como para otros funcionarios que resulten también responsables de la acción antijurídica.
La querella será conocida por la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en razón de que el rector por su alta jerarquía como funcionario público, ostenta la denominada jurisdicción privilegiada.