El presidente de la Fundación Prensa y Derecho, Namphi Rodríguez, advirtió este lunes al Congreso que las primarias abiertas no sólo son inconstitucionales, sino que devaluarían el rol que tradicionalmente la Constitución ha otorgado a los partidos políticos como entes de intermediación entre la sociedad y el Estado.
A través de una nota de prensa, Rodríguez dijo que dentro de los fines que el artículo 216 de la Constitución atribuye a las formaciones políticas está el de garantizar la participación ciudadana en los procesos políticos para fortalecer la democracia.
Sostuvo que las primarias abiertas y simultáneas pueden acarrear consecuencias impredecibles para los partidos, que se verían expuestos a ser “viciadas”, debido a que se produciría una “deserción” de sus membresías desmotivadas por el hecho de que los candidatos a posiciones electivas serían elegidos por la población electoral y no por sus miembros.
“Ello implicaría una dramática devaluación del papel de los partidos que tradicionalmente han sido concebidos como agrupaciones fundadas en la adhesión de sus miembros con el fin de luchar por el poder”, adujo
Rodríguez señaló que hay que evitar debilitar aún más los partidos políticos y reducir el papel que la Constitución le otorga como mediadores en la canalización de la voluntad de los ciudadanos.
Recordó que ese fenómeno ha llevado a países como Argentina a una “encrucijada institucional” en que sus dos partidos tradicionales están fuera del poder y el presidente de esa nación, Mauricio Macri, procede de un movimiento de reciente formación.
“Las primarias abiertas opacan a los partidos e imprimen un fuerte tinte personalista a la política, donde líderes mediáticos y advenedizos pasan a ocupar el papel de los partidos, como ha pasado en los Estados Unidos con Donald Trump”, concluyó.
JCE no puede convocar primarias
Rodríguez descartó que en el país se pueda instituir un sistema de primarias abiertas para los partidos políticos, puesto que el artículo 209 de la Constitución establece que las asambleas electorales sólo pueden ser convocadas cada cuatro años para elegir al presidente, vicepresidente, a los legisladores, a las autoridades municipales y para elecciones extraordinarias.
Dijo que unas primarias abiertas requería convocar las asambleas electorales como “colegios electorales” para un fin y en fechas que no están contemplados en la Carta Sustantiva del Estado dominicano.
Advirtió que eso contravendría una jurisprudencia que sentó la Suprema Corte de Justicia, dictada en atribuciones de control directo de constitucionalidad, y dijo que de acuerdo al artículo 227 la Constitución no puede ser revisada ni siquiera por el Tribunal Constitucional.
“Partiendo de ese criterio, es obvio que una ley de partidos que establezca un sistema de primarias abiertas contravendría la Constitución, debido a que no sólo violaría el precedente constitucional, sino también infringiría el artículo 209 que preceptúa que los colegios electorales se abrirán cada cuatro años para escoger el binomio presidencial, los legisladores y los alcaldes”, señaló.
Explicó que las primarias abiertas tendrían que ser organizadas por la Junta Central Electoral (JCE) en un modelo similar al de las elecciones generales y alertó que esas competencias no están dadas por la Constitución al órgano electoral.
“Nuestra arquitectura constitucional lo que permite es un sistema de primarias con listas cerradas organizadas por los propios partidos políticos, con sus recursos, en las fechas que la ley determine y fiscalizada por la JCE”, puntualizó.
Indicó que no sólo se debe tener a la vista la problemática constitucional, sino que habría que sopesar muy bien las consecuencias de una ley partidos que imponga un sistema de primarias abiertas y simultáneas, incluso desde el punto de vista de los recursos económicos de que se tendrá que dotar a la JCU para poder garantizar la transparencia y fiabilidad de las mismas.