El vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, expresó ayer que llama la atención que el Código Penal, aprobado el pasado miércoles por los diputados, solo establezca penas de dos a tres años de prisión a los actos de corrupción administrativa.
Castaños Guzmán criticó que, en momentos en que se habla de ética y lucha anticorrupción, la Cámara de Diputados haya aprobado un Código Penal que en su artículo 303 tenga una pena tan baja para los actos de corrupción, al enfocarse solamente en la discusión de las tres causales.
“O sea, que mientras nosotros estamos enfocados en el tema de las causales a nosotros nos ha sorprendido que se aprobara, y estamos en la semana de la ética, una cosa que va en contra de todos los tratados internacionales y que va a incentivar la corrupción en este país. ¿Cómo es posible que si estamos hablando en el Palacio de transparencia, de someter al orden a la administración, entonces la sanción que está estableciendo el Código, en materia de corrupción, va de dos a tres años?”, denunció en el Palacio Nacional tras participar en el acto de firma del código de ética.
Dijo que esperar que la Comisión de Justicia, a la cual se le dio un plazo de 15 días para revisar lo que se aprobó, corrija ese punto porque de lo contrario, señaló, cargarán con ese peso histórico. El artículo 33 del Código Procesal Penal Dominicano aprobado por la Cámara de Diputados indica de manera específica que: “todo funcionario o servidor público que, prevaliéndose de su posición dentro de los órganos, entes y organismos del Estado, sus dependencias o instituciones autónomas, obtenga para sí o para terceros provecho económico, mal utilice los bienes públicos para beneficio privado, ofrezca, prometa o realice actividad inherente a su cargo, comete la infracción de corrupción y será sancionado con dos a tres años de prisión e inhabilitación para ocupar funciones públicas por un término de cinco a diez años”.
Diputado aclara
De su lado, el presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, Alexis Jiménez, aclaró que el delito de la corrupción, tipificado en el Código Penal, puede implicar sanción de hasta 60 años de prisión y no solo de dos a tres años.
“En el tema de la corrupción, el que cometa un ilícito penal va a tener en el menor de los casos 21 años de prisión, en el mayor de los casos va a estar entre 53 a 60 años, porque hay cúmulo de penas, son infracciones reales y dentro de ese capítulo, para haber corrupción tiene que haber la concusión y cuando se da concusión se da malversación de fondos, enriquecimiento ilícito y el cohecho activo”, explicó. Resaltó que el artículo 303, que habla sobre la corrupción, no se configura solo y enfatizó que para haber corrupción tiene que haber un cohecho activo o debe haber un tráfico de influencia, enriquecimiento ilícito o malversaciones de fondos.