La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) advirtió ayer que ante la crisis sanitaria y económica que atraviesa el país el proceso de reforma constitucional para hacer cambios dentro del sistema judicial sería extemporáneo.
El vicepresidente ejecutivo de Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán, indicó que, aunque las ideas del presidente electo, Luis Abinader, de introducir reformas en la Constitución para realizar cambios en el Ministerio Público, gozan de simpatía social, las mismas están fuera de tiempo.
Indicó que el nuevo Gobierno debe abocarse a definir la agenda de las prioridades nacionales en las políticas, los programas y la legislación que se requieren para enfrentar dichas crisis, asegurándose que sea socialmente consensuada y técnicamente depurada.
“Sin embargo, esa agenda no pasa en la actualidad por la reforma constitucional en ninguno de sus componentes, porque las urgencias pueden abordarse desde la perspectiva de la normativa vigente y los presupuestos del Estado de derecho en que vivimos”, expresó.
Castaños Guzmán afirmó que el mejor ejemplo de lo anterior es cómo avanzar en el fortalecimiento técnico e independencia funcional del Ministerio Público, que es el marco desde el cual debe discutirse el nombramiento del procurador general de la República.
“Finjus ha abogado históricamente en este sentido, porque creemos que la democracia, el desarrollo económico y social y la convivencia pacífica están atados a la existencia de un sistema de justicia eficaz, integrado por órganos gestionados adecuadamente y coherentes con sus misiones constitucionales”, dijo.
A consideración del vicepresidente ejecutivo de Finjus, para eso es preciso considerar la configuración institucional dada en el marco normativo a la figura del procurador general de la República, la cual, explicó, concentra en sí misma tres funciones primigenias que cursan objetivos distintos y que en otros ordenamientos jurídicos se pueden encontrar separados y asignados a distintos funcionarios públicos.
Castaños Guzmán afirmó que a fin de lograr la consecución de las responsabilidades y funciones que se derivan de la ley orgánica del Ministerio Público, esa norma permite un ejercicio de desconcentración institucional para que la función del fiscal general pueda ser deslindada de la del procurador general como órgano político.
“La norma desconcentra funciones en un órgano técnico que forma parte de la carrera del Ministerio Público, que es el director general de Persecución, que constituye una especie de adjunto del procurador designado por cuatro años, a manera de protección especial para dotar a este funcionario de cierta estabilidad durante su ejercicio”, expuso.
Dijo que es preciso que, en el contexto de cambio de estructura gubernamental, se valore que, a lo interno del MP, el procurador que sea designado encamine la concreción de esta figura que garantiza la desconcentración de funciones a lo interno.
Tarea pendiente: asumir atribuciones del ejercicio
El vicepresidente ejecutivo de Finjus explicó que en la actualidad, continúa siendo una tarea pendiente en el contexto jurídico institucional de República Dominicana el ejercicio pleno de las atribuciones que legalmente le han sido conferidas a la figura del director general de Persecución y, en consecuencia, viabilizando que el procurador general de la República pueda continuar ejerciendo sus otras funciones políticas en su vinculación con el Ejecutivo, interfiriendo lo menos posible con el ejercicio técnico de la persecución.