El Centro Dominicano de Fortalecimiento y Estudio de la Seguridad Social (CDFESS), exhortó a las Administradoras de Fondos de Pensiones “AFP” entregar un bono a cada uno de sus afiliados equivalente al 10% del monto acumulado en su cuenta de capitalización individual (CCI).
Los recursos para cubrir esta compensación provendrían de las utilidades y las comisiones que han recibido las AFP durante los 16 años y 9 meses de vigencia del sistema de pensiones.
El presidente del CDFESS, José Miguel Fernández, resaltó que a diciembre del 2019 el monto acumulado por concepto de comisiones recibido por las AFP de los aportes de los afiliados asciende a 24 mil 486 millones 969 mil 369 pesos con 69 centavos, mientras que el monto acumulado de las utilidades por ganancias supera el de las comisiones.
Fernández, expresó que para tomar esta decisión no es necesario modificar la ley ni emitir una resolución, toda vez que cada AFP puede decidirlo de manera administrativa, a fin de compensar a sus afiliados por su fidelidad y sus aportes para la existencia de estas entidades.
Consideró que luego de superar la pandemia del COVID-19, urge una reforma integral a la ley 87-01 que garantice el derecho de la población al acceso a un modelo de atención integral, con calidad y calidez, que priorice la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, impulse el uso de las tecnologías de información dotando a cada paciente de un record digital único que contenga todo el historial clínico entre otros aspectos, y eleve la eficiencia en la prestación de los servicios de salud.
Por igual establecer en la reforma integral, procedimientos viables para que los afiliados también cada mes o trimestre reciban beneficios económicos y en especies del rendimiento y administración de su CCI durante su vida laboral activa.
Recordó que la reforma integral es un mandato de la ley de la Estrategia Nacional de Desarrollo, cito “la revisión de la Ley 87-01, sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social, se realizará respetando los principios enunciados en la misma a fin de superar las deficiencias que se han evidenciado a lo largo de su aplicación y poder completar el proceso de universalización de la seguridad social en un plazo no mayor de dos (2) años.”
Por cuanto, la ley de seguridad social no debe continuar siendo modificada de manera parcial, sino, integral, para el bienestar de toda la población.