Está contemplado en la iniciativa que modifica la Ley General de Deportes 356-05 del 30 de agosto de 2005

La entrega de un 15 por ciento a los entrenadores como compensación del bono que el atleta reciba al momento de la firma de un contrato con una organización profesional es uno de los puntos que se estipula en el debatido proyecto de ley que busca modificar la Ley General del Deporte 356-05 y que reposa en la Cámara de Diputados.

El párrafo IV del artículo 12 reseña que el programa, escuela, liga, entrenador, academia, agente, representante o entidad similar del deporte cuya afiliación esté debidamente registrada, que firme un contrato de entrenamiento con un deportista aficionado y que además incluya compensaciones tales como alojamiento, útiles deportivos, alimentación y cualquier otra compensación que sirva de soporte al buen desempleo del atleta, salvo acuerdo entre las partes, recibirá una compensación máxima del 15 por ciento del bono.

Las comisiones convenidas por los agentes y entrenadores con los familiares de los peloteros menores de edad oscilan entre el 30 y 50 por ciento.

Cuando el Proyecto de Ley General del Deporte fue aprobado (30 de agosto de 2005), el párrafo IV explica que el representante del deportista recibiría una remuneración mayor del diez por ciento del monto del contrato firmado, mientras que a partir del segundo año, la gratificación no excedía del 15%.

El proyecto, presentado por el diputado Jesús Martínez Alberti, del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y que está en poder de la Comisión Permanente de Deportes, Educación Física y Recreación, indica en su párrafo V, que el deportista aficionado que haya firmado un acuerdo o un contrato con un preparador, entrenador, buscador de talentos independientes, así como agentes o representantes en el territorio nacional, dicho pacto solo tendrá una duración de un año. Luego de transcurrido ese período de tiempo, el atleta obtendrá su libertad y estará libre de todo compromiso.

De igual modo, toda organización o entidad similar que invite a un deportista para fines de prácticas y evaluación no podrá mantenerlo en sus instalaciones por un período mayor de 30 días. La propuesta de modificación al Proyecto de Ley General del Deporte fue depositada en la Cámara de Diputados el 22 de enero del presente año.

Asimismo, otro de los acápites del proyecto indica que los contratos firmados en territorio dominicano entre un atleta o tutores y una organización profesional, programa, escuela, liga, academia, entidades similares o persona física que realiza actividades con fines pecuniarios que no esté acreditada por el Ministerio de Deportes y Recreación (Miderec), a través de la oficina profesional dominicana de la disciplina de turno, podrá ser declarado nulo por el comisionado de la disciplina correspondiente.

Entre 2018 y 2019, las organizaciones de las Grandes Ligas otorgaron bonos por más de 128 millones de dólares a prospectos dominicanos y extranjeros en Julio 2. El año pasado, el jardinero Jasson Domínguez, a quien apodan “El Marciano”, y el paracorto Robert Puasón, fueron los jugadores que lograron las firmas más altas durante el proceso de firmas que es avalado por la Major League Baseball (MLB).

Domínguez obtuvo la suma de cinco millones, 350 mil dólares por parte de los Yanquis de Nueva York, mientras que a Puasón, los Atléticos de Oakland les entregaron un bono de US$5.1 millones.
La cosecha de firmas de Julio 2 en su primer día de 2019, dejó la suma de 44 millones, 250 mil dólares (22,257,750.000 millones de pesos a la tasa de RD$50.30 en ese entonces).

Carnetizados

Otro de los puntos que se describen en el Proyecto de Ley General del Deporte 356-05 es la carnetización de toda persona “llámese escuchas, preparadores, entrenadores, buscadores de talentos, agentes para operar en el deporte profesional del país”. El carnet deberá ser expedido por el Ministerio de Deportes a través de los comisionados de deportes profesionales una vez depositados y ponderados los documentos de rigor.
“Para las organizaciones del deporte profesional legalmente registrados solo será necesario una comunicación con un listado de los empleados y sus posiciones a los comisionados de los respectivos deportes profesionales para la expedición de los carnets”, indica el párrafo I del modificado Artículo 12 aún no aprobado.

Posted in Béisbol, Grandes Ligas, Santo Domingo

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