Una de las decisiones de Estado más trascendentales en la actualidad de nuestro país, será la próxima selección de 4 jueces de la Suprema Corte de Justicia y la totalidad de los miembros del Tribunal Superior Electoral y sus suplentes, según la Constitución, no menos de 3 y hasta 5, la cual constitucionalmente es responsabilidad de las ocho personas que integran el Consejo Nacional de la Magistratura pero que en términos prácticos recae en el presidente, que controla la mayoría de dicho organismo.
Por eso es tan importante que este proceso se dé con la mayor participación posible de la sociedad para que la misma pueda incidir en que la selección se haga en base a méritos, garantizando los niveles de excelencia, independencia e integridad necesarios para que el Poder Judicial y el electoral cumplan con su misión, y no se escojan candidatos únicamente por ser cercanos al poder de turno para asegurarse su obediencia.
A pesar de que algunas de las propuestas de entidades empresariales y de la sociedad civil en relación al reglamento del Consejo fueron acogidas, la participación de la sociedad está muy limitada en cuanto a la proposición de candidaturas debido a que se otorgó un brevísimo plazo de 15 días calendario para que los interesados presenten candidatos, debiendo los propuestos dentro de ese mismo plazo haber aceptado la candidatura y completado el formulario anexando la documentación requerida, lo que hace materialmente muy difícil concretizar estas propuestas.
Aunque el formulario aprobado por la cantidad de datos que requiere que tocan aspectos académicos, carrera profesional, familiares, patrimoniales, morales, hasta temas tan sensibles como revocación de visados, demandas por pensión alimenticia o violencia doméstica, permitirá conocer mejor a los candidatos que un simple curriculum y facilitará el trabajo de depuración y entrevistas; no menos cierto es que se requería de mayor tiempo para que muchos buenos candidatos decidan sumarse al proceso.
Esa es probablemente la razón principal por la que a la fecha apenas una decena de candidatos han sido postulados y aunque se espera que en los días restantes se registren más postulaciones, existe el riesgo de que tengan mayores probabilidades de presentarse los candidatos del agrado de los miembros del Consejo y que pocos sean postulados por entidades de la sociedad civil, lo que quizás es el propósito detrás de la brevedad del plazo concedido.
Uno de los aspectos más innovadores de este proceso será el que se podrán formular objeciones y reparos de los candidatos hasta 3 días después de publicada la lista de preseleccionados, lo que a pesar del temor por represalias que impedirá que muchos se animen a presentarlos, será un útil mecanismo para tratar de evitar que se cuelen personas que no reúnan las condiciones en la lista de elegibles. Esto reviste especial importancia pues si bien este proceso dependerá de la voluntad de la mayoría de turno, si la lista de elegibles está bien depurada la preponderancia de dicha mayoría se limitará a decidir quiénes serán los agraciados finales sin que exista riesgo de personas indeseadas.
Pero para que las vías abiertas a la participación ciudadana surtan el efecto esperado debemos ser proactivos presentando propuestas, exigiendo que se publiquen los expedientes de los aspirantes como dispone el reglamento y aun no se ha hecho, formulando las objeciones que fueren de lugar respecto de ciertos postulados y que las mismas sean decididas previo a las vistas públicas, así como presentando sugerencias de preguntas que contribuyan a hacer mejores entrevistas. Esperemos que muchos entiendan la trascendencia de este proceso y vuelquen sus energías en hacer uso de estos mecanismos, para que no tengamos que lamentarnos después que el mismo solo fue un ejercicio más de quítate tú para ponerme yo.