La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA) y la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) reiteraron este lunes que la confabulación, o los acuerdos y concertaciones de ofertas entre proveedores en términos de precio puede acarrear multas de hasta 3 mil veces el salario mínimo.
Estas medidas también aplican para cualquier condición comercial en procesos de compras y contrataciones públicas, así como la repartición o asignación de ofertas en dichos procesos.
El artículo 5 de la Ley 42-08, sobre Defensa de la Competencia, también prevé que los actos de colusión en la presentación de ofertas pueden implicar la inhabilitación permanente del Registro de Proveedores del Estado (RPE), conforme el numeral 5) del artículo 66 y su numeral 3 del párrafo III de la Ley 340-06, de Compras y Contrataciones, así como el numeral 3 del artículo 29 de su Reglamento de aplicación, aprobado mediante Decreto Núm. 543-12.
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En ese sentido, ambas instituciones instaron a los oferentes y proveedores del Estado a abstenerse de promover acuerdos o participar en concertaciones sobre sus ofertas para lograr la adjudicación concertada o el favorecimiento de ciertos proveedores.
Asimismo, exhortaron a los distintos entes y órganos de la Administración Pública, a realizar la debida diligencia al momento de evaluar las ofertas y a activar mecanismos de alerta e identificación de posibles prácticas colusorias en materia de contratación pública para prevenir la comisión de prácticas que obstaculicen el uso eficiente de los fondos públicos.
Prevenir los actos de colusión en la contratación pública
“Enfatizamos que, sin desmedro del presente llamado público, PRO-COMPETENCIA y la DGCP, en un esfuerzo conjunto por prevenir los actos de colusión en la contratación pública que distorsionan la competencia y debilitan el interés general, han coordinado sus esfuerzos para el seguimiento y monitoreo de los procesos de adquisición, a través del Portal Transaccional y las demás herramientas del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas”.
´´Con el objeto de detectar la existencia de indicios de prácticas de colusión en la contratación pública que ameriten el inicio de los procedimientos de investigación y la aplicación de las sanciones correspondientes, conforme el marco normativo existente”, dice el comunicado conjunto.
PROCOMPETENCIA y la DGCP se reiteraron a la disposición de los proveedores y de las entidades contratantes para aclarar el marco normativo al cual deben apegar sus actividades en aras de prevenir los actos de colusión en materia de compras públicas.
De igual forma, exhortaron a los organismos y entidades estatales sujetas a la aplicación de la Ley 340-06 a consultar la “Guía para la Prevención y Detección de la Colusión en la Contratación Pública”, para la detección de indicios de colusión y que igualmente orienta a los proveedores sobre las decisiones y comportamientos a evitar para asegurar el cumplimiento de las reglas de competencia. La guía está disponible en http://procompetencia.gob.do