El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional entiende que Conrado Pittaluga no incurrió en el tipo penal de soborno, por lo que lo absuelve del caso.
“Este tribunal entiende que no se ha demostrado en este proceso que el imputado Conrado Enrique Pitaluga haya incurrido en el tipo penal de sobornos en el comercio y la inversión y al no demostrarse el delito precedente, como elemento subjetivo necesario, sobre lavado de activo, tampoco ha incurrido en violación a esa ley”, explicaron las magistradas.
Pittaluga era acusado por el Ministerio Público de ser presunto testaferro del exministro de Obras Públicas Víctor Díaz Rúa, otro de los acusados en el caso.
Al no existir el delito de soborno, también se le absolvió por el delito conexo de lavado de activos.