Mediante el decreto 477-21, el presidente de la República, Luis Abinader, eliminó el toque de queda en las provincias La Altagracia y el Distrito Nacional.
Esto será a partir de las 5:00 a.m. del lunes 9 de agosto de 2021. Luego de esto se aplicarán las siguientes medidas en estas demarcaciones:
a) Se confirma el uso obligatorio de mascarillas en lugares públicos y lugares privados de uso público, así como las demás medidas y protocolos sanitarios vigentes.
b) Se prohíbe la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos y lugares privados de uso público todos los días de 12:00 a.m. (medianoche) a 5:00 a.m.
c) Se requieren permisos especiales para la celebración de actividades que impliquen aglomeración, sin importar el lugar de que se trate, los cuales serán otorgados por las autoridades del sector correspondiente, en coordinación con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
d) Los establecimientos públicos y privados de uso público, sin importar el tipo de actividad que auspicien, podrán recibir personas solamente hasta el 75% de la capacidad total de sus instalaciones, siempre en cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.
e) Los espacios abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, podrán ser utilizados por las personas en cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.
Lo anterior quedó dispuesto en el decreto núm. 477-21, del 3 de agosto de 2021. En el resto del país, incluyendo la provincia Santo Domingo, se confirma la vigencia del toque de queda y las demás medidas dispuestas en los decretos núm. 419-21 y núm. 432-21.