Poder y derechos

No existe en el ánimo público pretender disminuir el alcance de la misión del Ministerio Púbico para investigar los hechos punibles y establecer responsabilidades, de modo que los jueces puedan cumplir con su sagrada obligación de aplicar la ley.

No existe en el ánimo público pretender disminuir el alcance de la misión del Ministerio Púbico para investigar los hechos punibles y establecer responsabilidades, de modo que los jueces puedan cumplir con su sagrada obligación de aplicar la ley.

Pese a ello, lamentablemente, en algunos estamentos de la sociedad cobra vida el miedo que predominó durante los doce años de Joaquín Balaguer, de que las conversaciones privadas podrían ser maliciosamente grabadas por entes del Estado para utilizarlas contra sus opositores o actores independientes.

Revelaciones recientes han estimulado esa percepción y no resulta extraño que en reuniones de personas con potencial de exposición pública se adopten medidas con el uso de los teléfonos móviles.

No se puede decir que toda la sociedad se siente vigilada, como ocurre en una tiranía, pero entre actores políticos, activistas sociales y periodistas, es inocultable que hay quienes están “chivos”. scandalizó cuando se supo que tres comunicadores fueron objeto de escuchas del poder o cuando se reveló que la jueza Miriam Germán había sido sometida a un caliesaje telefónico, con los rigores de una autorización judicial.

El Ministerio Público está facultado para conseguir las pruebas y para eso sólo está limitado por la formalidad del cumplimiento de los procedimientos. Pero la cosa se pone fea cuando sus medios pueden estar sesgados, y la legalidad de la prueba queda bajo duda. Y como se sabe, los elementos probatorios sólo pueden ser valorados si han sido obtenidos por un medio lícito. Precisamente, algunos de los imputados en determinado expediente han criticado la legalidad de ciertas “pruebas”.

Determinadas interceptaciones telefónicas se han realizado bajo el requisito de la autorización judicial, pero se pregunta hasta dónde ese recurso resulta válido si los motivos no son legítimos, bien fundamentados.

Inquieta saber si el procedimiento no vulnera el derecho a la intimidad y la vida de las personas, si no se fundamenta en causas reales. Es ahí cuando el Estado de derecho queda en entredicho, porque la interceptación tiene reglas y límites y no puede utilizarse abusivamente tras la búsqueda de dudosas pruebas.

La ciudadanía necesita sosiego. Quienes más deben contribuir a ese propósito son los responsables de su seguridad. Toda iniciativa que derive en abuso de poder, demerita el legítimo ejercicio de la autoridad.

Posted in Editorial

Más de opiniones

Más leídas de opiniones

Las Más leídas