El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) dejó en estado de fallo cinco expedientes de acción directa de inconstitucionalidad y declaró de urgencia una acción relacionado al Presupuesto del Estado del año en curso.

La acción directa de inconstitucionalidad contra el presupuesto fue incoada por Eulogio José Santaella Ulloa, Leopoldo Andrés Franco Barrera y Federico Lalane José.

Santaella Ulloa sostuvo que la Ley número 61-18, que aprueba el Presupuesto General del Estado para el año 2019, es inconstitucional porque se violaron los procedimientos durante su estudio en las cámaras legislativas.

Estos accionantes también atacaron la Ley número 64-18, que autoriza al Poder Ejecutivo a emitir y colocar valores de deuda pública a través del Ministerio de Hacienda.

En la audiencia se declaró en estado de fallo el expediente en el que el Centro de Estudios Económicos de la Juventud (Ceseju) y los señores Manuel Álvarez y José Miguel Mañón Martínez atacaron la Ley número 33-18 de los Partidos, con este ya son 9 los recursos interpuestos contra dicha normativa.

La Alta Corte también dejó en estado de fallo los expedientes TC-01-2018-0056 y TC-01-2019-0001; el primero de estos tuvo a Santo Augusto Núñez Francisco como atacante de la Orden Especial número 30-1, emitida por la oficina del jefe del Estado Mayor del Ejército Nacional, el 3 de octubre de 2004 y el segundo, a los sucesores de Gabriel Guillot, representados por José Sánchez Matos y Luis Berroa Dalmas, quien atacó los artículos 24 y 33 de la Ley número 5924, del 26 de mayo de 1962, sobre la Confiscación General de Bienes, emitida por el Consejo de Estado.

Las normas, actos y ordenanzas atacadas emanaron del Senado y Cámara de Diputados de la República, la Comandancia del Ejército de la República Dominicana y el Poder Ejecutivo. Representantes de esta última autoridad actuaron en dos casos como intervinientes voluntarios.

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