El 91.70% de los reclamos hechos por los ciudadanos ante el Defensor del Pueblo de la República Dominicana son contra órganos del Estado, que involucran a la administración pública y local, a las entidades constitucionales y al sistema de justicia.

Así lo establece el boletín informativo de la entidad que recoge datos correspondientes al cuatrimestre de mayo a agosto del 2018.

El informe estadístico de la institución, que tiene como misión principal salvaguardar los derechos fundamentales de las personas frente a las acciones u omisiones ilegales o arbitrarias del sector público, indica que de ese 91.70% de reclamos, 75.10% son contra la administración pública; 9.96% contra la administración local; 6.22% contra el sistema de justicia y 0.83% contra las entidades constitucionales. Los demás reclamos, según el boletín, son dirigidos hacia las entidades prestadoras de servicios públicos, seguidas de las personas particulares y, por último, a los funcionarios.

Los casos más comunes

Las cinco materias más reclamadas son las relacionadas al derecho administrativo, a la función pública y penal, la seguridad social (pensiones) y el medio ambiente. Las localidades donde se originaron más quejas en ese periodo de tiempo fueron en el Distrito Nacional, la provincia de Santo Domingo y San Cristóbal.

Durante esos cuatro meses, el Defensor del Pueblo registró 241 reclamaciones, de las cuales logró cerrar 164. De todos los casos que fueron concluidos, 80 de ellos quedaron en lo que la institución llama “corrección de conducta antijurídica atribuida al reclamado”, que se refiere a que producto de las gestiones de la entidad, la conducta antijurídica que daba origen a la queja fue corregida; en 39 de los casos hubo lo que denominan una “no verificación de conducta antijurídica”, que es cuando fruto de las investigaciones realizadas por la institución no se verificó una actuación u omisión antijurídica imputable a la parte reclamada.

En 22 de los reclamos hechos por las personas, el Defensor del Pueblo se abstuvo a actuar porque la ley previó una sanción para reparar el agravio que dio origen a la queja. En 15 de ellos, la entidad agotó todas sus facultades previstas en la Ley 19-01, con las que no pudo obtener resultados favorables. En tanto que la entidad se abstuvo en otros 8, 7 porque los afectados no demostraron interés, y en 1 porque transcurrió más de un año desde que el querellante tuvo conocimiento del acto irregular.

En cinco años entidad registró 4,164 casos

El mismo informe cuatrimestral señala que en los últimos cinco años la entidad registró 4,164 casos. Del total, 50% fueron reclamaciones y el otro 50% orientaciones acerca de diversos temas, siendo las materias más recurrentes la seguridad social (pensiones), función pública, servicio de agua potable, temas municipales, desalojos, entregas de certificados de títulos, reconocimento de adqusición de bienes inmuebles entre otros.

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