PE pide autorización para sumar 0.5% PIB a fondos emergencias

El Poder Ejecutivo está solicitando al Congreso Nacional facultad para agregar unos RD$19,837 millones al Fondo de Contingencia que maneja el Gobierno para enfrentar catástrofes, que es de un uno por ciento de los ingresos corrientes.

El Poder Ejecutivo está solicitando al Congreso Nacional facultad para agregar unos RD$19,837 millones al Fondo de Contingencia que maneja el Gobierno para enfrentar catástrofes, que es de un uno por ciento de los ingresos corrientes.

La solicitud de esa facultad adicional es parte de las novedades que tiene el proyecto de Presupuesto General del Estado para el 2018, entregado al Congreso el viernes último.

La pieza, en su artículo 12, plantea que “se faculta al Poder Ejecutivo para que pueda adicionar el 0.5% del producto interno bruto (PIB) nominal del 2018 al 1% de los ingresos corrientes estimados del Gobierno Central destinado a cubrir imprevistos que establece el artículo 33 de la Ley Orgánica de Presupuesto para el sector público”, la número 423-06, “siempre que la situación que origina el imprevisto sea calificada como situación de calamidad y/o emergencia pública mediante un decreto presidencial”.

Los postulados
En los supuestos sobre los que se calculó el presupuesto del 2018 se proyecta que el PIB nominal de ese año será de RD$3,867,477.4 millones. El 0.5% de ese monto equivale a RD$19,837.3 millones.

Los ingresos corrientes estimados para el presupuesto del 2018 ascienden a RD$601,241.8 millones. El 1% de ese valor equivale a RD$6,012.4 millones. Asumiendo que se aplique completa la asignación contemplada en la ley y que además el Congreso apruebe el proyecto de Presupuesto del 2018 sin cambios, el Poder Ejecutivo tendría para catástrofes asignaciones por RD$25,849.7 millones.

El párrafo del artículo 12 del proyecto de Presupuesto del 2018 indica que el Poder Ejecutivo determinará la fuente de financiamiento de las apropiaciones presupuestarias adicionales y establecerá los procedimientos para la ejecución de los recursos y la respectiva rendición de cuentas.

La normativa vigente establece que el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos consignará anualmente una apropiación destinada a cubrir imprevistos generados por calamidades públicas que será equivalente al 1% de los Ingresos Corrientes estimados del Gobierno Central. Estos recursos serán utilizados por disposición del Presidente de la República, en conformidad con las medidas que adopte la Comisión Nacional de Emergencias de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 147-02 sobre Gestión de Riesgos. Hasta el presupuesto del año en curso, la apropiación de esos recursos no se había cumplido. Las asignaciones quedan por debajo del 10% de lo que dice la ley.

Suspende indexación; ponen tope exoneraciones

El proyecto de Presupuesto tiene algunas novedades en el tema del cobro de impuestos. Uno de los más importantes cambios planteados es la disposición de dejar sin aplicación durante el próximo año el ajuste por inflación que manda el Código Tributario en su artículo 296. Y limita a US$100,000 el tope de la exoneración para vehículo a los legisladores, y suspende las exoneraciones estatales, salvo casos de emergencias, seguridad nacional y/o casos de fuerza mayor.

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