Protesta social y libertad de expresión

Analizando los acontecimientos vinculados al escándalo desatado por la revelación de las prácticas corruptas de Odebrecht en América Latina, incluyendo nuestro país, considero muy acertada la decisión del presidente Medina de no obstaculizar…

Analizando los acontecimientos vinculados al escándalo desatado por la revelación de las prácticas corruptas de Odebrecht en América Latina, incluyendo nuestro país, considero muy acertada la decisión del presidente Medina de no obstaculizar la “Marcha Verde”. Creo que los absurdos comportamientos de la Policía no se originan en su despacho.

A propósito de esto quiero compartir algunas de las ideas de la periodista y pensadora argentina Eleonora Rovinovich, contenidas en su ensayo “Protesta, derechos y libertad de expresión”, incluido en el libro “Vamos a portarnos mal. Protesta social y libertad de expresión en América Latina”. “Referirse a la protesta social como ejercicio colectivo de la libertad de expresión exige poner en juego una cierta concepción de este derecho y el rol del Estado. En primer lugar, la libertad de expresión garantiza, como derecho individual, que todas las personas tengan la posibilidad de expresarse sin censura previa y sin restricciones desproporcionadas.

“Pero además, protege el derecho de todas las demás personas a acceder a la mayor cantidad y diversidad de informaciones e ideas, de modo que puedan elegir sus propios planes de vida y ejercer su derecho colectivo a autogobernarse.

“En este sentido, la libertad de expresión no sólo tiende a la realización personal de quien se expresa, sino a la deliberación abierta y desinhibida sobre los asuntos públicos: es un requisito indispensable para el funcionamiento de sociedades verdaderamente democráticas. Esta estrecha vinculación entre la libertad de expresión y la estructura democrática determina que, en la doctrina legal predominante, la libertad de expresión merezca una protección especial y tenga un peso privilegiado en situaciones de conflicto con otros derechos.

“Ahora bien, ¿cuál es la actitud que el Estado debe adoptar para garantizar, usando las ya famosas palabras de la Corte Suprema de los Estados Unidos, el debate público “desinhibido, robusto y amplio” que demanda un sistema democrático? Tradicionalmente se entendía que la libertad de expresión actuaba como una suerte de escudo protector del individuo frente a la censura estatal…”.

“En otras palabras, asumir la naturaleza democrática de la libertad de expresión puede imponer tanto “obligaciones negativas” en cabeza del Estado —límites para impedir su arbitrariedad— como “obligaciones positivas”, que garanticen que efectivamente circulen la mayor cantidad de visiones presentes en una sociedad.

“Esta lectura de la libertad de expresión resignifica la discusión sobre protesta social en dos sentidos. En primer lugar, porque apunta a una suerte de “supertolerancia” estatal hacia las expresiones de crítica política y sobre cuestiones de interés público, ya que un sistema democrático exige el mayor nivel posible de debate colectivo acerca del funcionamiento de la sociedad y del Estado en todos sus aspectos. Esto incluye a las opiniones que molestan o incomodan a las autoridades, como a aquéllas que ofenden, resultan chocantes o perturban a una parte o a la mayoría de la población, como sostuvo la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“En segundo lugar, porque advierte que un Estado democrático debe promover oportunidades de expresión para todos los sectores, incluso, y muy especialmente, potenciando las de aquellos grupos sociales que tienen dificultades para ingresar en el debate público”. Omar Rincón, comunicador, en la introducción del libro señala que “protestar es hacer la democracia en la vida pública. Protestar es ejercer colectivamente la libertad de expresión y ciudadanía”. Aunque creo que esto no incluye el estilo y formato del FALPO (Frente Amplio de Lucha Popular).

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