La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía (CNEPR) invalidó por un período de veinte (20) días de sus presentaciones de radio y televisión al locutor Alberto Vargas.

La suspensión responde, según el organismo, “a las imputaciones de mal gusto, desconsideradas, irrespetuosas y con insultos desafortunados, además de limitar la libertad de expresión de los oyentes, callando autoritariamente y de manera grosera a los mismos”. “Dichas acciones fueron realizadas por el locutor Alberto Vargas, en la emisión del programa El Ritmo de la Mañana, que se transmite por la emisora Ritmo 96”, indicó la CNEPR en la resolución 002-2018 que dio a conocer ayer.

Informó, además, que la disposición está basada en lo estipulado en el Reglamento 824 de la ley 1951 de la CNEPR “del uso correcto de los medios de comunicación electrónicos en la RD, ya que la radio y la televisión tienen la función social de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y al mejoramiento de la forma de convivencia humana”.

“Los medios de comunicación deben, a través de sus transmisiones, procurar evitar influencias malsanas y perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez, la juventud, en particular y en general de todos los dominicanos y el respeto a los principios de la moral social, la dignidad humana y los vínculos familiares”, expresó el organismo.

Alberto Vargas se vio envuelto en una acalorada discusión en el programa El Ritmo de la mañana con una mujer de origen venezolano que llamó por teléfono a la emisora para pedir respeto por sus compatriotas que migran a la República Dominicana.

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