El informe de la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho (Comisión de Venecia) sobre los límites a la reelección presidencial establece que acudir a los tribunales constitucionales para hacer enmiendas sobre la reelección presidencial “es un instrumento problemático”.

“La Comisión de Venecia ha determinado que es un instrumento problemático que solamente debe aplicarse en aquellos países en que es parte de una doctrina clara y establecida e incluso en ellos, con cuidado dejando un margen a la apreciación para el legislador constitucional”, argumenta. Concluye que siempre que se respeten los requisitos especiales para establecer una enmienda a la Constitución deben ser garantías suficientes contra el abuso.

“La Comisión de Venecia subraya que los tribunales constitucionales deberían intervenir después de que el texto de la reforma haya sido aprobado por el legislador constitucional de conformidad con los requisitos constitucionales especiales relevantes”, establece el referido informe. La instancia señala que ha examinado las distintas formas de participación de los tribunales constitucionales en las enmiendas a la Constitución.

“La revisión judicial obligatoria a priori de las propuestas de enmienda podrían causar una rigidez excesiva en el proceso e incluso tener consecuencias políticas involuntarias”, expresa el informe. El análisis de la Comisión de Venecia fue aprobado en la 114 sesión plenaria el 16 y 17 de marzo de este año y fue abordado a solicitud de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Reelección y referendo

En sus conclusiones, además de establecer que la reelección presidencial no es un derecho humano, establece que para modificar los límites a la reelección presidencial lo más aconsejable es hacer una consulta al pueblo. “Por lo tanto se requiere una enmienda constitucional para modificar los límites a la reelección. Solamente el pueblo puede modificar el alcance de la delegación que le otorgó al presidente, después de los procedimientos constitucionales correspondientes”, establece el informe. Agrega que la decisión de alterar o eliminar los límites a la reelección presidencial debe sujetarse a un escrutinio público minucioso ya que tiene un impacto significativo en el sistema político, la estabilidad de un país y la confianza en el sistema electoral. “Para una reforma es igualmente legítimo incluir el referendo popular como parte del procedimiento”, señala.

Hay cinco modelos de limitar la reelección

El análisis de la Comisión de Venecia señala que existen cinco modelos principales de limitar la reelección presidencial: ningún límite en absoluto, limitación de los periodos consecutivos (sin número máximo), limitación a través de un periodo fijo (dos periodos consecutivos) y prohibición total de la reelección.

¿Quiénes son los relatores del informe?

Los relatores del informe de la Comisión de Venecia son Josep Maria Castella, representa a España; Sarah Cleveland de Estados Unidos; Jean Jacques Hyest, miembro suplente de Francia; Iiwon Kang, de la República de Corea; Jaine Otalora Malasis de México y Kaarlo Tuori de Finlandia. La OEA planteó cuatro preguntas: ¿Existe un derecho humano a la reelección? ¿Qué límites tiene este derecho? ¿Los límites a la reelección restringen los derechos humanos y políticos de los candidatos? ¿Cuál es la mejor manera de modificar los límites a la reelección dentro de un estado constitucional?

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