Desde cuando el hombre se hizo ente social, hace muchas decenas de milenios, para procurar su desarrollo y la permanencia de la sociedad tuvo que inventar la familia, talvez no la primera institución social, pero una que se engendró con las características primordiales de desarrollo, permanencia y multiplicación, como puede inferirse del concepto de institución definido por el emérito profesor de Sociología de la Universidad de California del campus de Riverside, Jonathan Turner, como “un complejo de posiciones, roles, normas y valores alojados en tipos particulares de estructuras sociales y de organización de patrones de actividad humanas relativamente estables respecto a los problemas fundamentales en la producción de recursos para el sustento de la vida, en la reproducción de individuos, y en el mantenimiento de estructuras sociales viables dentro de un ambiente dado “ (traducción mía). La institución social familia sustituye funciones, procesos y procedimientos a través del tiempo y la historia antropológica, y se expresa en organizaciones familiares concretas dentro de la estructura jerárquica del conglomerado social.

No son necesariamente coincidentes las definiciones de rol, las normas, los valores, las sanciones y controles de la institución familia con los de las organizaciones familiares que de ella surgen, como tampoco son coincidentes esos factores entre la institución libertad de comercio, o intercambio –otra antiquísima institución social- y a veces sucede que las prescripciones de rol salidas del Poder Legislativo, a pesar de la obligatoriedad de su conocimiento universal, no son percibidas por algunos miembros de organizaciones privadas que ni siquiera se dan cuenta de que sus acciones de presión a sus clientes para con chantaje obligarlos a elevar el consumo de sus productos, es un delito definido por la ley que procura controlar el monopolio y sancionada con enormes castigos a los miembros dirigentes de la organización y fuertes sanciones económicas y financieras a la organización misma.

El desdén por el mandato de la ley y la permisividad por la actuación inmoderada, egoísta, anárquica, abusiva, ilegítima y delictuosa ha sido una práctica consuetudinaria de ciudadanos, organizaciones públicas y privadas, inclusive de quienes han sido cargados con la responsabilidad de la prevención de delitos porque sus acciones son más congruentes con las del delincuente que con las que debería exhibir quien procure evitar la delincuencia.
La orden del agente policía al muchacho que anda en motocicleta y que anda montado en su vehículo es una acción contraria a la ley que solo permite al agente actuar sin autorización de la fiscalía cuando es testigo de la comisión de un delito in fraganti.

Así también comete un delito grave el inspector del ayuntamiento que le reclama al pulpero le muestre el recibo de la sindicatura que debería tener para poder poner en la puerta de su establecimiento un letrero donde manuscribe los especiales del día, que siempre termina en mordida y nunca con el sometimiento a la ley del presunto violador.

Son aun peores violaciones a la ley y el bienestar de la nación las alianzas entre productores que reparten el mercado nacional en detrimento de la economía familiar.

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