Las reformas políticas y electorales pendientes desde el 2010 abarcan varios aspectos sobre la participación y el ejercicio de la política hasta las normas para la participación electoral.

Aunque la ley de partidos y agrupaciones políticas es la que acapara mayor atención de la opinión y a la iniciativa que las organizaciones partidistas han dado prioridad, la reforma a la Ley Electoral 275-97 que tiene más de siete años desactualizada, es más importante que la anterior porque es la que contiene cambios para garantizar más equidad, transparencia e igualdad en las campañas electorales.

Uno de los temas que tomó en cuenta la Junta Central Electoral (JCE) al elaborar su propuesta de reforma a la Ley Electoral es el relativo a la publicación de las encuestas que miden el nivel de popularidad de los partidos políticos y sus candidatos. Los artículos 162 al 164 del proyecto que fue depositado en el Congreso, pone en manos de esa institución la acreditación de las firmas que podrán publicar estudios de ese tipo.

El artículo 162 del proyecto establece que la JCE creará un registro de firmas encuestadoras en materia política y electoral que estará bajo la supervisión de las Dirección de Elecciones.

Puntualiza que para publicar investigaciones de ese tipo las firmas tendrán necesariamente que estar en la base de datos de la JCE y presentar las características técnicas del sondeo como la representatividad, procedimiento de elección de los encuestados y fecha de realización del trabajo de campo.

También el texto íntegro de las preguntas planteadas y el número de personas que no contestaron las preguntas que fueron planteadas por los encuestadores.

El artículo 164 señala que los estudios de opinión político electoral no podrán ser publicados en un mínimo de cinco días anteriores a la fecha de las votaciones, pero que antes de ese plazo podrán publicar todas las estudios que consideren y que respeten las normas establecidas por el órgano electoral.

Igualmente, autoriza a las firmas registradas en la JCE a realizar encuestas a boca de urna el día de las elecciones, pero los resultados solo podrán ser publicados tres horas después del cierre de las votaciones.

La JCE elaboró la propuesta de reforma a la ley electoral para actualizarla acorde con lo que establece la Constitución del 2010 y fue elaborada con la cooperación de la Organización de Estados Americanos (OEA).

La Propuesta fue reintroducida por los actuales miembros de la JCE y figura entre las iniciativas priorizadas en ambas cámaras.

La propuesta elimina el voto preferencial

La propuesta de modificación a la Ley Electoral también elimina el voto preferencial que en el 2013 fue aprobado por ley por el Congreso. Igualmente, mantiene la cuota mínima de 33% para las mujeres para las diputaciones y los cargos municipales. Sin embargo, introduce la propuesta de que en el caso de que se presenten las candidaturas por listas cerradas las posiciones de las nominaciones deben ser intercaladas entre hombres y mujeres.

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