Prisión preventiva a mayor PN acusado de doble homicidio

El juzgado de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste ordenó tres meses de prisión preventiva contra el mayor retirado de la Policía Nacional, Rafael Ysidro Perozo, acusado de la muerte de dos jóvenes en el sector Buenos Aires de Santo Domingo Oeste.

El juzgado de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste ordenó tres meses de prisión preventiva contra el mayor retirado de la Policía Nacional, Rafael Ysidro Perozo, acusado de la muerte de dos jóvenes en el sector Buenos Aires de Santo Domingo Oeste.

La jueza Leonarda Quezada dispuso que cumpla la coerción en la cárcel de Operaciones Especiales.

El hecho se produjo el pasado 20 de agosto, cuando el oficial policial presuntamente airado por los celos accionó su arma de fuego en contra de Ángel Luis Castillo Sánchez de 21 años de edad y Francisco Javier Fermín Martínez de 30 años, ocasionándoles la muerte de forma instantánea.

Indica la solicitud de medida de coerción que el mayor Rafael Ysidro Perozo Torres se encontraba compartiendo en un drink junto a Lizbeth Guzmán Rosario, quien era su pareja y estaba de cumpleaños. Luego Lizbeth Guzmán se fue a casa de su amiga Zuleika Hungría, quien se encontraba junto a su esposo Francisco Fermín y Ángel Castillo Sánchez, a quien Zuleika le estaba haciendo unas trenzas. “En eso Ángel Castillo le pidió a Lizbeth que le hiciera un moño y ella procedió a hacérselo. Ahí llegó el mayor Rafael Perozo, la agarró por el cabello y Francisco Fermín la defendió; le dio un golpe por la espalda al oficial y éste cayó. Cuando se paró, disparó a Ángel Castillo y a Francisco Fermín, ocasionándoles la muerte”.

Oficial dice que fue en legítima defensa

Raúl Hamburgo, abogado del mayor retirado Rafael Perozo, aseguró que la muerte de los dos jóvenes se produjo porque el oficial de la Policía Nacional tuvo que accionar su arma en legítima defensa. “Estamos contestes con la medida de coerción que se le aplicó y vamos a demostrar, como lo dijo el mayor en la audiencia, que no hay tal 295 y 304 (homicidio), sino legítima defensa”.

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