La ley de partidos y organizaciones que logró aprobarse en la Cámara de Diputados y que ahora va al Senado, establece la obligatoriedad a la JCE de fiscalizar y supervisar las primarias de los partidos políticos. “Independientemente de la modalidad escogida por los partidos o agrupaciones políticas, la Junta Central Electoral estará obligada a la fiscalización y supervisión de dichos eventos internos, conforme a las disposiciones que para estos fines se dicten”, establece uno de los párrafos del artículo 33 de la ley. Igualmente, la ley establece la opción de que un partido pueda solicitar a la JCE la organización de las primarias para escoger los candidatos. En ese caso, los recursos que se necesiten se tomarán de la asignación que reciben las organizaciones del Estado a través del órgano electoral.
El mismo artículo limita a un máximo de cinco meses la campaña a lo interno de los partidos para los cargos de elección popular, que debe iniciar un año antes de las elecciones y culminar a más tardar siete meses antes de los comicios.
La ley también establece una cuota máxima de hasta el 25 por ciento de las que puedan ser reservadas por las cúpulas de los partidos.
La iniciativa también prohíbe la propaganda anónina en los medios de comunicación.
Sobre la publicidad de las instituciones del Estado durante la campaña política, la iniciativa establece: “Durante el período de campaña electoral, las instituciones del Estado no podrán promocionarse más que el promedio mensual del segundo año calendario del período constitucional en curso. Para tales fines la Junta Central Electoral elaborará un informe técnico que suministrará a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, quince días antes de la proclama que deja abierta la campaña”.
En caso de que no se cumpla con esa disposición, la ley autoriza a la JCE a actuar de oficio para disponer el retiro de la publicidad.
Núñez Collado y Rosario
El consenso para aprobar la ley de partidos se logró por la intervención de monseñor Agripino Núñez Collado y el presidente de la JCE, Roberto Rosario. Al respecto, Rosario informó que ambos de manera conjunta emitirán una opinión sobre la iniciativa cuando sea aprobada en el Senado y finalmente convertida en ley.
Refirió que la presidenta del Senado, Cristina Lizardo, se comprometió con la aprobación de esa ley también en esa instancia legislativa y que está confiado en que así será.
Se debe cumplir debido proceso para expulsar
La ley establece que ningún miembro de un partido podrá ser expulsado sin antes haber sido escuchado y juzgado en las instancias partidarias internas correspondientes. La expulsión deberá estar debidamente sustentada y amparada en los mecanismos y procedimientos que establecen los estatutos o reglamentos dictados al efecto. Señala que toda exclusión al margen de
ese procedimiento se considerará nula de pleno derecho.